Cómo conseguir el permiso
Podrán solicitar la Autorización de Residencia de Larga Duración aquellas personas que han residido de forma legal y continuada en España durante los últimos cinco años.
Para poder acceder a este permiso de larga duración no se puede haber permanecido más de diez meses en el extranjero durante los cinco años anteriores a la solicitud, excepto si es por motivos laborales, en cuyo caso se permitirá haber permanecido fuera de España hasta un máximo de doce meses dentro de los cinco años requeridos.
Este es un permiso de residencia se concederá por tiempo indefinido en España, aunque la tarjeta (T.I.E) tendrá que renovarse cada 5 años acudiendo a la comisaría de policía nacional para la toma de huellas.
Una vez que dispongas de este permiso, podrás trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
En VISAL te ofrecemos la posibilidad de tramitar telemáticamente, y sin salir de tu casa, los siguientes servicios relacionados con la residencia de larga duración:
Permiso de residencia de larga duración en España
Para poder tramitar la Autorización de Residencia de Larga Duración es necesario acreditar que hemos residido en España durante los cinco años previos a la solicitud, y que esta residencia ha sido en todo momento legal y continuada en nuestro país.
Documentación
Documentación básica que necesitamos que nos envíes escaneada para ayudarte a conseguir tu permiso de residencia de Larga Duración en España:
Tu pasaporte y, en su caso, del resto de solicitantes.
Certificado de histórico de empadronamiento que demuestre la residencia durante los últimos 5 años.
Copia de las tarjetas de residencia emitidas durante los 5 años de residencia anteriores a la solicitud de la larga duración. (T.I.E.)
Certificado actual de antecedentes penales de España y de tu país
Si existen menores a su cargo en España en edad de escolarización obligatoria se deberá presentar un certificado de las autoridades autonómicas competentes que acredite la escolarización de los mismos.
Información destacada
- Si tu país forma parte del Convenio de la Haya, los documentos extranjeros deberán estar legalizados con la Apostilla de la Haya.
- Si tu país no forma parte del Convenio de la Haya, el documento deberá ser legalizado por el gobierno del país emisor y por la embajada de española existente en el mismo. Consulta aquí si tu país pertenece al Convenio de la Haya.
- Estos países están exentos de legalizar o apostillar los documentos
- Todos los documentos emitidos en lengua distinta al español deben estar traducidos por un traductor jurado oficial. En Visal Immigration podemos ocuparnos de gestionar dicho servicio para ti.
- La documentación anteriormente relacionada no supone una lista exhaustiva, de modo que, durante la tramitación del permiso es posible que la Administración Española solicite más información o algún otro documento.
- Deberás tener presente que Visal te ayudará a tramitar tu permiso de residencia, pero no tu tarjeta física (T.I.E.). De esta forma, cuando te sea concedido el permiso deberás acudir a la comisaría de Policía Nacional de tu ciudad para solicitar tu tarjeta y pagar las tasas correspondientes a su expedición. Ten en cuenta además que dichas tasas se corresponden exclusivamente con la expedición de la tarjeta física, por lo que no están incluidas en las de la tramitación del permiso.
363€.
- Si en este momento te falta algún documento no te preocupes.
- Puedes contratar ya el servicio y realizar más tarde el envío de la documentación.
- Nuestros Abogados te ayudarán en cada paso.
01. Introduce tus datos
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Si aun no tienes cuenta completa el siguiente formulario.
Permiso: Permiso de residencia de larga duración en España
Permiso de residencia de larga duración UE
Este es un permiso otorgado por tiempo indefinido para personas que puedan demostrar una residencia legal y continuada durante los últimos 5 años en España y con el cual vamos a poder obtener una serie de ventajas administrativas si decidimos trasladar nuestra residencia a otro país de la Unión Europea.
Para poder acceder a este permiso de larga duración no se puede haber permanecido más de diez meses en el extranjero durante los cinco años anteriores a la solicitud. Si es por motivos laborales se permite haber permanecido fuera de España hasta un máximo de doce meses dentro de los cinco años requeridos.
En el momento de tramitar la solicitud deberemos acreditar que tenemos recursos fijos y regulares para nuestro sostenimiento y nuestros familiares en España.
Así mismo, se deberá acreditar que tenemos cubierta la asistencia sanitaria, bien a través de un seguro médico privado o público.
Documentación
Documentación básica que necesitamos que nos envíes escaneada para ayudarte a conseguir tu permiso de residencia de Larga Duración UE:
Tu pasaporte y, en su caso, del resto de solicitantes.
Póliza de un seguro médico privado que proporcione cobertura en España durante su periodo de residencia sin copagos y sin carencias.
Certificado de histórico de empadronamiento que demuestre la residencia durante los últimos 5 años.
Copia de las tarjetas de residencia emitidas durante los 5 años de residencia anteriores a la solicitud de la larga duración. (T.I.E.)
Certificado actual de antecedentes penales de España y de tu país
Si existen menores a su cargo en España en edad de escolarización obligatoria se deberá presentar un certificado de las autoridades autonómicas competentes que acredite la escolarización de los mismos.
Prueba de ingresos fijos y regulares para cubrir tu sostenimiento mediante la aportación de un contrato de trabajo en vigor y las nóminas de los últimos 8 meses.
Información destacada
- Si tu país forma parte del Convenio de la Haya, los documentos extranjeros deberán estar legalizados con la Apostilla de la Haya.
- Si tu país no forma parte del Convenio de la Haya, el documento deberá ser legalizado por el gobierno del país emisor y por la embajada de española existente en el mismo. Consulta aquí si tu país pertenece al Convenio de la Haya.
- Estos países están exentos de legalizar o apostillar los documentos
- Todos los documentos emitidos en lengua distinta al español deben estar traducidos por un traductor jurado oficial. En Visal Immigration podemos ocuparnos de gestionar dicho servicio para ti.
- La documentación anteriormente relacionada no supone una lista exhaustiva, de modo que, durante la tramitación del permiso es posible que la Administración Española solicite más información o algún otro documento.
- Deberás tener presente que Visal te ayudará a tramitar tu permiso de residencia, pero no tu tarjeta física (T.I.E.). De esta forma, cuando te sea concedido el permiso deberás acudir a la comisaría de Policía Nacional de tu ciudad para solicitar tu tarjeta y pagar las tasas correspondientes a su expedición. Ten en cuenta además que dichas tasas se corresponden exclusivamente con la expedición de la tarjeta física, por lo que no están incluidas en las de la tramitación del permiso.
363€.
- Si en este momento te falta algún documento no te preocupes.
- Puedes contratar ya el servicio y realizar más tarde el envío de la documentación.
- Nuestros Abogados te ayudarán en cada paso.
01. Introduce tus datos
Si ya tienes cuenta con nosotros Inicia Sesión.
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