Permiso de Estancia de larga duración por Estudios: trámites obligatorios al llegar a España (Guía rápida 2025)
¿Has llegado a España con un visado de estudios? Te explicamos paso a paso qué debes hacer: empadronamiento, TIE de estudiante, trabajo legal, familiares y alquiler. Guía clara y actualizada 2025.
Cada año, miles de estudiantes extranjeros llegan a España para estudiar un máster, un grado universitario, un curso superior o programas de investigación. Obtener el visado de estancia por estudios en el consulado es solo el primer paso. Una vez entras en España legalmente, comienzan los trámites obligatorios que debes realizar para completar tu situación legal.
En esta guía rápida, desde Visal Immigration Lawyers, te explicamos de forma clara qué debes hacer al llegar a España con un visado de estudios, qué plazos debes cumplir y qué errores debes evitar para no poner en riesgo tu estancia.
Si después de leer este artículo quieres que revisemos tu caso o te ayudemos con los trámites, puedes Solicitar tu consulta con un abogado experto aquí:
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1. Empadronamiento: el primer paso obligatorio
Una vez llegas a España, lo primero que debes hacer es empadronarte en el Ayuntamiento del municipio donde vas a vivir. Este documento es la prueba de que resides en España.
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Es gratuito.
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Se solicita en el Ayuntamiento o en su sede electrónica.
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Necesitarás pasaporte y contrato de alquiler o autorización del titular de la vivienda.
Sin empadronamiento no podrás pedir tu TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
2. ¿Tengo que solicitar la Tarjeta de Estudiante (TIE)?
Depende de la duración de tu visado:
Si tu visado es de menos de 6 meses:
No necesitas TIE. Puedes permanecer en España solo con tu visado y pasaporte.
Si tu estancia por estudios es de más de 6 meses:
Debes solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en un plazo máximo de 30 días desde tu entrada a España.
Este trámite es presencial y obligatorio. Si no lo haces, puedes recibir una sanción o perder tu estatus legal.
3. ¿Cómo solicitar la TIE de estudiante?
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Pide cita previa online en la web de Extranjería o Policía Nacional (huellas).
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Acude presencialmente a la comisaría de policía o a la Oficina de Extranjería.
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Lleva esta documentación:
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Formulario EX-17 cumplimentado.
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Pasaporte original y copia.
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Empadronamiento.
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Copia del visado de estudios.
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Seguro médico vigente.
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Justificante de pago de la tasa modelo 790 código 012.
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3 fotos tamaño carnet, fondo blanco.
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En la toma de huellas te darán un resguardo. Unos 30 días después deberás recoger físicamente tu tarjeta.
4. ¿Puedo trabajar con un visado de estudios?
Sí. Desde la reforma del Reglamento de Extranjería (2022), los estudiantes pueden trabajar hasta 30 horas semanales, siempre que la actividad laboral sea compatible con los estudios.
No es necesario pedir un permiso adicional si estás realizando estudios superiores como máster, doctorado o grado universitario. Solo con la TIE de estudiante puedes ser contratado legalmente.
Si el estudio no es superior o si la empresa te lo solicita, el empleador puede pedir una autorización de trabajo para estudiantes.
5. ¿Y mis familiares? ¿Pueden venir conmigo?
Los familiares directos de estudiantes (cónyuge, pareja de hecho e hijos menores de 18 años) pueden obtener una autorización de estancia como familiares de estudiante.
Si su estancia es superior a 6 meses, también deberán solicitar su TIE correspondiente.
Importante: los familiares no pueden trabajar con este tipo de tarjeta, aunque sí vivir legalmente en España durante el tiempo de estudios del titular principal.
6. Vivienda: alquilar legalmente en España
Para empadronarte y solicitar la TIE, necesitas demostrar dónde vives. Puedes:
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Firmar un contrato de alquiler.
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Vivir con familiares o amigos y presentar una autorización de empadronamiento.
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Residencia universitaria.
Antes de firmar un alquiler, asegúrate de:
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Que el contrato está registrado o firmado legalmente.
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Pedir fianza y justificante de pago.
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Que permite empadronamiento.
7. Errores comunes que debes evitar
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Dejar pasar el plazo de 30 días sin solicitar tu TIE.
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No empadronarte porque “no es obligatorio”. Sí lo es para todos los trámites.
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Trabajar sin contrato o sin estar dado de alta en la Seguridad Social.
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No renovar la estancia con antelación cuando tu visado caduca.
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Pensar que “mi visado es residencia”: no, es estancia por estudios, no cuenta igual para nacionalidad.
Preguntas frecuentes
1. ¿Puedo entrar a España y luego solicitar el visado aquí?
Solo si entras legalmente como turista y cumples los requisitos para modificar a estancia por estudios. Si ya entraste con visado emitido por consulado, no hace falta este paso.
2. ¿Cuánto tiempo tengo para pedir la TIE?
Un mes desde tu llegada a España. Si lo haces fuera de plazo, podrían sancionarte o exigirte justificar el retraso.
3. ¿Puedo cambiar de ciudad mientras estudio?
Sí, pero debes comunicar tu nuevo empadronamiento y modificar tu TIE si cambias de provincia.
4. ¿Puedo trabajar más de 30 horas semanales?
No. Si excedes el límite, podrías tener problemas en futuras renovaciones o solicitudes de residencia.
5. ¿Qué pasa si suspendo o abandono mis estudios?
Tu autorización de estancia puede ser cancelada. El permiso depende de seguir matriculado y asistiendo.
¿Necesitas ayuda?
En Visal Immigration Lawyers ayudamos a estudiantes internacionales a preparar sus documentos, solicitar la TIE, empadronarse, conseguir citas y evitar errores legales.
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