
Las claves del nuevo Arraigo Sociolaboral en España en 2025
¿ Cómo consigo un permiso de residencia si estoy irregular ?
Por Visal Immigration Lawyers
Con la entrada en vigor del nuevo reglamento de extranjería prevista para mayo de 2025, el panorama legal para los ciudadanos extranjeros que residen en España sin autorización cambiará de forma significativa. Esta reforma introduce importantes novedades, y una de las más destacadas es la transformación del tradicional "arraigo social con contrato" en una figura mucho más accesible y flexible conocida como arraigo sociolaboral.
El arraigo sociolaboral se plantea como la principal vía de regularización administrativa para miles de inmigrantes que viven en el país en situación irregular. Este procedimiento, que se enmarca dentro de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales, pretende dar respuesta a la realidad del mercado laboral y las condiciones de vida de muchos extranjeros en España.
¿Qué es el arraigo sociolaboral y cuál es su objetivo?
El arraigo sociolaboral permite a un extranjero que ha permanecido de forma continuada en España durante al menos dos años solicitar una autorización de residencia si puede acreditar que ha estado trabajando y que dispone de una oferta laboral. Este mecanismo busca reconocer la integración de estas personas en la sociedad y en el tejido productivo español, facilitando su paso de la informalidad a una situación regular.
Anteriormente, esta autorización se tramitaba bajo la denominación de arraigo social, y exigía tres años de residencia en España, un contrato a jornada completa y un informe de inserción social emitido por los servicios sociales municipales. Sin embargo, estos requisitos se habían convertido en barreras de entrada para muchos extranjeros.
Novedades que introduce el nuevo reglamento
Uno de los cambios más significativos es la reducción del tiempo de residencia necesario. Ahora, será suficiente con haber vivido en España durante dos años, un plazo más razonable y realista teniendo en cuenta las circunstancias de muchos inmigrantes. Además, se elimina la obligación de contar con un contrato de trabajo a jornada completa. Bastará con un contrato de al menos 20 horas semanales, lo cual se ajusta mejor a las realidades del mercado laboral español, donde predominan las jornadas parciales en algunos sectores.
Otra mejora sustancial es la eliminación del informe de inserción social, que anteriormente se requería para demostrar la integración del solicitante. Este documento, que dependía de cada municipio, podía tardar hasta ocho meses en emitirse, generando retrasos injustificados. Con su supresión, se acelera el procedimiento y se otorga mayor seguridad jurídica al solicitante.
Cabe destacar también que el nuevo reglamento permite contar el tiempo como solicitante de asilo para acreditar la residencia previa necesaria para el arraigo sociolaboral. Esto supone una gran ventaja para aquellas personas que, tras solicitar asilo, no ven su solicitud aceptada pero desean quedarse en el país.
Implicaciones prácticas para los extranjeros
Estos cambios suponen una auténtica revolución en el ámbito de la extranjería, ya que permiten que un número mucho mayor de personas pueda acceder a una autorización de residencia legal. La posibilidad de regularizarse con un contrato parcial y sin informe social abre las puertas a inmigrantes que antes se veían obligados a vivir en la irregularidad por años.
La realidad es que muchos extranjeros ya trabajan en el sector informal con contratos a media jornada o condiciones precarias. El nuevo reglamento reconoce esta situación y facilita su paso a la legalidad. Además, esta reforma podría incentivar a los empleadores a formalizar la situación de sus trabajadores extranjeros sin necesidad de ofrecer contratos a tiempo completo, algo que a menudo no es viable.
Críticas y puntos de mejora
Pese a los avances que implica esta reforma, no faltan las críticas. Algunos expertos, como el abogado Vicente Marín, señalan que el arraigo sociolaboral no debería ser la principal vía de entrada y regularización. Desde su perspectiva, el Gobierno debería haber fortalecido mecanismos como la contratación en origen, permitiendo que los trabajadores puedan llegar a España de manera legal desde sus países de origen.
El riesgo de seguir apostando por los arraigos como vía principal de regularización es que se perpetúa una situación de irregularidad previa, que puede durar al menos dos años, y que en muchos casos expone al inmigrante a abusos laborales y condiciones indignas. Además, se puede generar una falsa percepción de que vivir en la irregularidad es una estrategia válida para obtener papeles, cuando en realidad implica riesgos y vulnerabilidad.
Preguntas frecuentes que podría hacerse un extranjero
1. ¿Puedo acceder al arraigo sociolaboral si solo tengo un contrato de 20 horas semanales? Sí, el nuevo reglamento establece que un contrato de trabajo con una jornada mínima de 20 horas semanales es suficiente para solicitar esta autorización de residencia.
2. ¿Necesito esperar tres años para regularizarme por arraigo? No, uno de los principales cambios es que ahora basta con haber residido en España durante dos años de forma continuada.
3. ¿Sigue siendo necesario el informe de inserción social? No, este informe ya no es un requisito para acceder al arraigo sociolaboral, lo cual agiliza el proceso de tramitación.
4. ¿El tiempo como solicitante de asilo cuenta para los dos años requeridos? Sí, el nuevo reglamento permite computar el tiempo como solicitante de asilo para cumplir con el requisito de residencia previa.
5. ¿Qué documentos necesito para demostrar mi permanencia en España? Puedes presentar empadronamientos, facturas, recibos de envíos, informes médicos, certificados escolares o cualquier documento oficial que acredite tu estancia continua en el país.
Consejos para los solicitantes
Desde Visal Immigration Lawyers recomendamos a todas las personas interesadas en acceder al arraigo sociolaboral que empiecen a preparar su expediente con antelación. Es fundamental conservar pruebas de la estancia continuada en España durante al menos dos años, como empadronamientos, facturas, informes médicos o escolares, y testigos.
Asimismo, se debe buscar un empleador dispuesto a ofrecer un contrato laboral de al menos 20 horas semanales. Aunque no se exige un contrato indefinido ni a jornada completa, debe ser real y ajustarse a las condiciones legales.
Por último, contar con la asesoría de un abogado especializado en derecho de extranjería es crucial para evitar errores que puedan derivar en la denegación de la solicitud. En Visal Immigration Lawyers estamos comprometidos con ofrecer un acompañamiento profesional y cercano en todo el proceso.
¿Tienes dudas sobre tu caso?
No dudes en ponerte en contacto con nosotros para evaluar tu situación y ofrecerte la mejor estrategia legal. Puedes llamarnos al teléfono 618 702 253 o visitar nuestra página web: www.visalimmigration.com. Estaremos encantados de ayudarte a alcanzar tu objetivo de vivir legalmente en España.