Nómada digital en España: cómo darse de alta en el RETA en 2026
¿Te han aprobado la visa de nómada digital? Descubre cómo darte de alta en el RETA en España en 2026, cuánto pagarás y qué plazos debes cumplir.
¿Te han aprobado la residencia de nómada digital? Ahora debes darte de alta en la Seguridad Social
Recibir una resolución favorable de residencia como nómada digital en España es una excelente noticia. Sin embargo, para muchos profesionales extranjeros, conseguir la autorización es solamente el primer paso.
Si has obtenido tu permiso como trabajador por cuenta propia, existe una obligación especialmente importante que debes cumplir: darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social española.
No se trata de un trámite opcional ni de una simple formalidad administrativa. La Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE) advierte expresamente de que no cumplir esta obligación puede provocar la extinción de tu autorización de residencia.
En esta guía de Visal Immigration Lawyers te explicamos qué es el RETA, quién está obligado a inscribirse, cuándo debes hacerlo, cómo tramitar el alta, cuánto cuesta ser autónomo en España en 2026 y qué errores debes evitar para proteger tu residencia.
¿Qué es el RETA y por qué afecta a los nómadas digitales?
El RETA es el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, integrado en el sistema español de Seguridad Social.
A través de este régimen cotizan las personas que desarrollan de forma habitual, personal y directa una actividad económica o profesional por cuenta propia.
Por ejemplo, un programador informático que trabaja desde Barcelona para una empresa estadounidense mediante un contrato mercantil, un diseñador gráfico que presta servicios a empresas británicas o un consultor independiente que factura mensualmente a una compañía extranjera.
Aunque sus clientes estén fuera de España, estas personas desarrollan su actividad profesional desde territorio español.
Y aquí encontramos una cuestión fundamental: trabajar para una empresa extranjera no significa estar exento de cumplir las obligaciones españolas de Seguridad Social.
La autorización para teletrabajadores de carácter internacional está regulada en los artículos 74 bis y siguientes de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, modificada por la Ley 28/2022, conocida como Ley de Startups.
Esta normativa permite que determinados profesionales extracomunitarios residan legalmente en España mientras continúan trabajando a distancia para empresas extranjeras.
Sin embargo, la autorización de residencia y la afiliación a la Seguridad Social son cuestiones diferentes, aunque estrechamente relacionadas.
La primera permite residir y trabajar legalmente en España. La segunda permite cumplir las obligaciones de cotización derivadas de la actividad profesional.
Por tanto, una resolución favorable de residencia no supone automáticamente que ya estés inscrito en el RETA.
Si tienes dudas sobre las obligaciones que se derivan de tu autorización, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto de Visal Immigration Lawyers para estudiar tu situación.
¿Todos los nómadas digitales tienen que darse de alta en el RETA?
No. Esta es una de las distinciones más importantes de todo el procedimiento.
La normativa española diferencia entre teletrabajadores internacionales por cuenta ajena y profesionales por cuenta propia.
Nómadas digitales que trabajan como autónomos
Si tu relación con la empresa extranjera es de naturaleza mercantil o profesional y desarrollas una actividad independiente, normalmente tendrás que darte de alta en el RETA.
Este supuesto incluye a profesionales que emiten facturas por sus servicios y mantienen una relación comercial con sus clientes, en lugar de trabajar bajo un contrato laboral.
Por ejemplo, imaginemos a una ciudadana canadiense que presta servicios de marketing digital a una compañía de Canadá.
La profesional emite facturas mensuales, organiza su actividad de manera independiente y mantiene un contrato de prestación de servicios.
Si obtiene una autorización de residencia para teletrabajo internacional por cuenta propia, deberá inscribirse en el RETA español.
Nómadas digitales que trabajan por cuenta ajena
La situación es diferente cuando existe una auténtica relación laboral.
En este supuesto, el trabajador debe quedar encuadrado, como regla general, en el Régimen General de la Seguridad Social española.
Para ello, la empresa extranjera deberá registrarse en España como empleadora no residente y cumplir sus obligaciones de afiliación y cotización.
También existe la posibilidad de mantener la cobertura de Seguridad Social del país de origen cuando resulte aplicable un convenio internacional o instrumento de coordinación y se aporte la documentación correspondiente que acredite dicha cobertura para el trabajo desarrollado desde España.
La UGE diferencia expresamente ambas situaciones.
En sus preguntas frecuentes oficiales establece que, para los profesionales autónomos acogidos a esta autorización, el alta en el RETA es obligatoria y no admite sustituirla por la importación de derechos basada en un convenio bilateral, conforme a su criterio administrativo publicado.
Esta distinción es especialmente importante porque algunos solicitantes creen que pueden elegir libremente entre registrarse como empleados o autónomos.
No es así. La clasificación depende de la naturaleza real de la relación profesional y de la documentación que fundamenta la autorización.
¿Cuándo debe darse de alta en el RETA un nómada digital?
Esta es probablemente la pregunta más importante para quienes acaban de recibir una resolución favorable.
La respuesta es clara: debes gestionar el alta inmediatamente después de obtener la autorización favorable, coordinándola con el inicio de la actividad autorizada en España.
La UGE es especialmente estricta sobre esta obligación.
En sus preguntas frecuentes oficiales incluye expresamente la siguiente cuestión:
¿Qué pasa si no me doy de alta en la Seguridad Social inmediatamente tras la obtención de la autorización como autónomo?
La Administración advierte de que, si detecta el incumplimiento en una revisión posterior, procederá la extinción de la autorización en aplicación de la disposición adicional séptima de la Ley 14/2013, con consecuencias también para los familiares dependientes.
Por tanto, no es recomendable esperar varios meses hasta que llegue la renovación de la residencia, ni dejar el alta para cuando se obtenga la tarjeta física de extranjero.
La regla general de Seguridad Social establece que el alta del autónomo debe solicitarse antes del inicio de la actividad, pudiendo realizarse hasta 60 días naturales antes.
En el supuesto específico de una autorización de nómada digital recién concedida, lo aconsejable es coordinar el trámite sin demora, respetando tanto la fecha de inicio de actividad como las exigencias de la UGE.
No existe un plazo general de 30, 60 o 90 días de gracia después de la aprobación que permita al autónomo aplazar libremente su inscripción.
Si todavía no has recibido tu TIE, estás esperando la asignación de tu número de Seguridad Social o tienes dificultades para tramitar el alta, conviene resolver esas circunstancias cuanto antes.
En Visal Immigration Lawyers podemos revisar tu resolución y las obligaciones asociadas a ella. Solicita tu consulta con un abogado experto.
Cómo darse de alta en el RETA después de recibir la resolución favorable
El procedimiento puede parecer complejo, especialmente para una persona extranjera que acaba de trasladarse a España y todavía no conoce el funcionamiento de las administraciones públicas.
Sin embargo, si se organiza correctamente, el alta puede gestionarse mediante diferentes canales administrativos.
Paso 1. Revisa tu resolución favorable de residencia
Antes de iniciar cualquier gestión, debes confirmar que tu autorización corresponde efectivamente a la modalidad de teletrabajo internacional por cuenta propia.
Revisa los datos personales, el tipo de autorización y la documentación profesional presentada durante el procedimiento.
Si se trata de una autorización concedida por la UGE para una actividad autónoma, la inscripción en el RETA deberá ser coherente con esa actividad.
También conviene comprobar que la relación profesional con la empresa extranjera continúa vigente.
No sería recomendable dar de alta una actividad completamente diferente de aquella que permitió obtener la residencia sin estudiar previamente las consecuencias jurídicas.
Paso 2. Comprueba que dispones de NIE y número de Seguridad Social
Para tramitar el alta como autónomo necesitarás identificarte ante las administraciones españolas.
El NIE, Número de Identidad de Extranjero, identifica administrativamente a las personas extranjeras.
Normalmente, los beneficiarios de una autorización de residencia expedida por la UGE ya disponen de este número.
También necesitarás un Número de la Seguridad Social, conocido como NUSS o NAF.
Es importante distinguir ambos números.
El NIE se utiliza para identificarte como extranjero ante diferentes organismos públicos. El número de Seguridad Social permite identificarte dentro del sistema de afiliación y cotización.
Si nunca has trabajado en España, es posible que todavía tengas que solicitar su asignación.
Este trámite puede realizarse a través de los servicios habilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Paso 3. Date de alta en Hacienda mediante el modelo 036
Antes de comenzar una actividad económica o profesional también deberás atender tus obligaciones fiscales.
Con carácter general, el profesional autónomo debe comunicar el inicio de su actividad a la Agencia Tributaria mediante el modelo 036.
Este documento permite inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores e identificar la actividad económica desarrollada.
Durante el procedimiento será necesario indicar información como el domicilio fiscal, la actividad profesional y el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
También deben analizarse las obligaciones fiscales que correspondan según las características del negocio y de sus clientes.
Atención a una novedad importante: desde el 3 de febrero de 2025, el modelo simplificado 037 quedó suprimido. Por tanto, en 2026 el alta censal se tramita mediante el modelo 036, sin perjuicio de los sistemas de tramitación integrada disponibles.
Paso 4. Solicita el alta en la Seguridad Social mediante Importass
Una vez preparada la información fiscal, debes tramitar tu inscripción como trabajador autónomo ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Uno de los canales disponibles es Importass, el portal oficial de la Seguridad Social.
Dentro del portal encontrarás el servicio denominado Alta en trabajo autónomo.
Durante este trámite tendrás que facilitar distintos datos relativos a tu actividad.
Entre ellos destacan:
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NIE y Número de la Seguridad Social.
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Fecha de inicio y domicilio de la actividad profesional.
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Códigos IAE y CNAE de la actividad.
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Previsión de rendimientos netos.
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Base de cotización y mutua colaboradora.
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Cuenta bancaria para domiciliar las cuotas.
La Seguridad Social permite realizar este trámite electrónicamente mediante los sistemas de identificación admitidos o a través de un profesional autorizado.
Es fundamental que los datos facilitados en Hacienda y Seguridad Social sean coherentes, especialmente respecto a la actividad y su fecha de inicio.
Una vez formalizado el alta, conserva el justificante de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Paso 5. También puedes acudir a un Punto de Atención al Emprendimiento (PAE)
Si no dispones de certificado digital o prefieres realizar los trámites con asistencia, existe otra alternativa especialmente interesante para los nómadas digitales.
La propia UGE recomienda acudir a un Punto de Atención al Emprendimiento, conocido como PAE.
Estos puntos permiten recibir asesoramiento para iniciar una actividad y, en los casos correspondientes, tramitar el alta en Hacienda y Seguridad Social mediante el sistema CIRCE y el Documento Único Electrónico (DUE).
La ventaja es que determinados trámites pueden gestionarse de manera coordinada, evitando presentar solicitudes separadas.
La UGE señala expresamente esta opción en sus instrucciones informativas sobre teletrabajadores internacionales.
Puedes consultar los servicios disponibles en el portal oficial del PAE electrónico.
Aunque el PAE puede facilitar los trámites administrativos, eso no significa que sustituya un análisis jurídico de las condiciones de tu residencia.
Si tienes dudas sobre la modalidad de tu autorización o sobre posibles cambios en tu relación contractual, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Cuánto cuesta darse de alta en el RETA en España en 2026?
Una de las dudas más habituales entre los nómadas digitales es cuánto deberán pagar mensualmente a la Seguridad Social española.
La primera cuestión que conviene aclarar es que el importe de la cotización no depende de tu nacionalidad ni de que hayas conseguido una autorización de residencia como nómada digital.
Los profesionales extranjeros inscritos en el RETA están sujetos, con carácter general, al mismo sistema de cotización que los demás trabajadores autónomos.
Desde 2023, España aplica un sistema de cotización vinculado a los rendimientos netos de la actividad económica.
Esto significa que la cuota depende principalmente de los beneficios previstos, no exclusivamente del importe total facturado.
Por ejemplo, un profesional que factura 4.000 euros mensuales, pero soporta gastos deducibles relacionados con su actividad, puede tener unos rendimientos netos inferiores a esa cifra.
En 2026, la Seguridad Social mantiene distintos tramos de rendimientos y bases de cotización. Dentro del tramo correspondiente, el autónomo elige una base permitida sobre la que se aplican los tipos de cotización.
No debe confundirse la base de cotización con la cuota mensual: la primera es el importe de referencia y la segunda es la cantidad que efectivamente se paga a la Seguridad Social.
Para 2026, el tipo conjunto ordinario de cotización asciende al 31,5 %, incluyendo contingencias comunes, profesionales, cese de actividad, formación profesional y mecanismo de equidad intergeneracional.
¿Existe una tarifa plana para los nómadas digitales?
Los profesionales extranjeros pueden acceder a los beneficios de cotización previstos para nuevos autónomos cuando cumplen los requisitos exigidos.
Entre las condiciones generales se encuentra no haber estado dado de alta en el RETA durante los dos años inmediatamente anteriores, plazo que puede ampliarse a tres años cuando anteriormente se haya disfrutado de determinados beneficios.
La cuota reducida se aplica durante un período inicial y puede ampliarse en determinadas circunstancias, especialmente cuando los rendimientos netos previstos se encuentran por debajo del salario mínimo interprofesional.
No obstante, la reducción debe solicitarse correctamente y su cuantía aplicable debe comprobarse conforme a la regulación vigente en el momento del alta.
No todos los nómadas digitales tienen derecho automáticamente a una tarifa reducida.
En consecuencia, antes de iniciar la actividad recomendamos conocer el coste mensual estimado, las posibles reducciones y las obligaciones fiscales adicionales.
Una planificación adecuada permite evitar sorpresas económicas durante los primeros meses de residencia.
¿Qué ocurre si recibo la aprobación y no me doy de alta en el RETA?
Esta situación merece especial atención porque sus consecuencias pueden ser graves.
Algunos profesionales creen que, una vez obtenida la autorización de residencia por tres años, pueden aplazar sus obligaciones de Seguridad Social sin consecuencias migratorias.
Sin embargo, la UGE advierte expresamente de la posibilidad de extinguir la autorización cuando se incumple la obligación de alta.
La disposición adicional séptima de la Ley 14/2013 contempla la extinción de las autorizaciones cuando dejan de cumplirse las condiciones que justificaron su concesión.
Y la Administración interpreta que el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social forma parte de las exigencias relevantes para mantener la autorización.
Por tanto, no darse de alta en el RETA puede comprometer la continuidad de la residencia de nómada digital.
Además, las consecuencias podrían afectar a los familiares cuya residencia dependa de la autorización principal.
Esto no debe confundirse con una cancelación automática de la tarjeta por cualquier incidencia administrativa. La extinción requiere la actuación administrativa correspondiente y debe respetar las garantías procedimentales aplicables.
No obstante, el riesgo jurídico es suficientemente importante como para recomendar que cualquier incidencia se resuelva inmediatamente.
Si has obtenido una resolución favorable y todavía no has tramitado tu inscripción, lo conveniente es revisar tu situación antes de que transcurra más tiempo.
Puedes Solicita tu consulta con un abogado experto de Visal Immigration Lawyers para analizar las posibles consecuencias y las actuaciones adecuadas.
¿Tengo que estar dado de alta en el RETA para renovar mi visa de nómada digital?
El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social puede tener una importancia decisiva durante la renovación de una autorización de residencia para teletrabajo internacional.
Para renovar, no basta con haber recibido una resolución favorable anteriormente.
El solicitante debe continuar cumpliendo las condiciones que fundamentaron la concesión de su autorización.
Esto incluye mantener una actividad profesional que cumpla los requisitos legales, disponer de los medios económicos exigidos y respetar las obligaciones administrativas correspondientes.
Por tanto, un profesional que obtuvo la residencia como autónomo, pero no cumplió sus obligaciones de alta o cotización, puede encontrarse con dificultades cuando la Administración revise su situación.
También es importante conservar documentación que permita acreditar la continuidad de la actividad profesional.
Por ejemplo, contratos mercantiles vigentes, facturas emitidas, justificantes de pago, documentación fiscal y certificados relativos a la situación en la Seguridad Social.
Aunque no todos estos documentos se exigen necesariamente en todos los expedientes, resultan especialmente útiles cuando la Administración solicita documentación adicional.
En Visal Immigration Lawyers recomendamos revisar estos aspectos antes de presentar una renovación, especialmente si han existido interrupciones de actividad, cambios de clientes o modificaciones en la relación profesional original.
Si tu autorización está próxima a vencer, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto para comprobar los requisitos que debes acreditar.
¿Puedo facturar a empresas extranjeras estando dado de alta en el RETA?
Sí. Precisamente una de las características principales de esta autorización es permitir que profesionales extranjeros residan en España mientras desarrollan actividades profesionales a distancia para empresas situadas fuera del territorio español.
El alta en el RETA no obliga a trabajar exclusivamente para clientes españoles.
De hecho, el teletrabajo internacional exige que exista una vinculación profesional o laboral con empresas situadas en el extranjero.
La Ley 14/2013 también permite que los profesionales por cuenta propia desarrollen determinadas actividades para empresas españolas, siempre que el trabajo para estas no supere el 20 % de su actividad profesional total y se mantengan los restantes requisitos.
Esta posibilidad está reservada a la modalidad profesional, no a los teletrabajadores cuya autorización se basa en una relación laboral por cuenta ajena.
¿Las facturas a empresas extranjeras llevan IVA?
Depende de la naturaleza del servicio y del lugar donde se encuentre establecido el cliente.
Por ejemplo, cuando un autónomo establecido en España presta servicios profesionales a una empresa establecida fuera del territorio de aplicación del IVA español, la regla general de localización de servicios entre empresarios puede determinar que la operación no esté sujeta al IVA español.
Sin embargo, existen reglas especiales que deben examinarse según el servicio prestado.
Las operaciones con empresas de otros Estados miembros de la Unión Europea también pueden generar obligaciones de identificación y declaración intracomunitaria.
Por ello, no es correcto afirmar que todas las facturas emitidas a empresas extranjeras están automáticamente exentas de impuestos. Es necesario estudiar cada operación y distinguir la no sujeción al IVA español de otras figuras tributarias.
Asimismo, el alta como autónomo no determina por sí sola la residencia fiscal española.
La tributación personal debe analizarse atendiendo a la normativa fiscal, los convenios para evitar la doble imposición y las circunstancias individuales del contribuyente.
RETA, Hacienda y TIE: tres trámites diferentes
Otra confusión frecuente entre los nómadas digitales consiste en considerar que todos los trámites posteriores a la aprobación de residencia tienen la misma finalidad.
Sin embargo, conviene distinguir tres procedimientos.
El alta en Hacienda identifica el inicio de una actividad económica o profesional y permite determinar las obligaciones tributarias correspondientes.
El alta en el RETA formaliza la incorporación al régimen de Seguridad Social aplicable al trabajador autónomo.
Por último, la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es el documento físico que acredita la situación administrativa del extranjero autorizado a residir en España.
Aunque están relacionados, estos trámites tienen funciones distintas y no se sustituyen entre sí.
Por ejemplo, obtener una cita para las huellas no significa que ya estés inscrito como autónomo.
De la misma manera, haber presentado el modelo 036 ante Hacienda tampoco demuestra, por sí solo, que estés dado de alta en Seguridad Social.
La recomendación es comprobar que todos los procedimientos se han completado correctamente y conservar sus respectivos justificantes.
Errores frecuentes después de conseguir la residencia de nómada digital
Nuestra recomendación para los profesionales que comienzan a vivir en España es prestar especial atención a las obligaciones que surgen después de la aprobación.
Uno de los errores habituales consiste en creer que la obtención de la residencia equivale al cumplimiento automático de todos los requisitos laborales, fiscales y de Seguridad Social.
Otro error es retrasar el alta en el RETA porque todavía no se dispone de la tarjeta física de extranjero.
También pueden surgir problemas cuando el solicitante modifica su actividad profesional sin comprobar si continúa cumpliendo los requisitos de la autorización de teletrabajo internacional.
Por ejemplo, abandonar la relación mercantil con la empresa extranjera que justificó la residencia para dedicarse exclusivamente al mercado español podría comprometer las condiciones legales de la autorización.
Igualmente, es importante evitar incoherencias entre la actividad declarada ante Hacienda, el alta en Seguridad Social y los contratos aportados en el expediente migratorio.
Finalmente, conviene recordar que cumplir con el RETA no sustituye el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Un nómada digital puede encontrarse correctamente inscrito en Seguridad Social y, al mismo tiempo, tener pendientes declaraciones fiscales u otras obligaciones administrativas.
Por eso, una planificación jurídica y fiscal coordinada es especialmente recomendable cuando una persona traslada su residencia y su actividad profesional a España.
Si tienes dudas sobre los pasos posteriores a tu resolución favorable, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
Preguntas frecuentes sobre el RETA y los nómadas digitales
1. ¿Es obligatorio darse de alta en el RETA si tengo una visa de nómada digital?
Sí, cuando tu autorización corresponde a una actividad profesional por cuenta propia y desarrollas dicha actividad desde España. La UGE exige el cumplimiento de esta obligación. Si trabajas mediante una relación laboral, normalmente corresponderá el Régimen General, salvo que resulte aplicable un mecanismo válido de cobertura internacional de Seguridad Social.
2. ¿Puedo esperar a tener la TIE antes de darme de alta como autónomo?
No es recomendable. La TIE es un documento de identificación y no constituye un requisito general para empezar los trámites de alta. La UGE exige que el autónomo se inscriba inmediatamente tras obtener su autorización. Si existen dificultades administrativas, conviene resolverlas cuanto antes y conservar los justificantes de las gestiones realizadas.
3. ¿Cuánto paga un nómada digital de Seguridad Social en España?
La cuota depende de los rendimientos netos previstos, de la base de cotización elegida dentro del tramo correspondiente y de las posibles reducciones aplicables. Los nuevos autónomos pueden acceder a determinados beneficios si cumplen los requisitos. Conviene calcular el importe individualmente antes de iniciar la actividad para evitar costes inesperados.
4. ¿Puedo mantener la Seguridad Social de mi país y evitar el RETA?
La UGE establece que los profesionales autónomos acogidos a esta autorización deben inscribirse en el RETA, sin admitir como alternativa la importación de cobertura basada en convenios bilaterales. Para trabajadores por cuenta ajena pueden existir supuestos diferentes, siempre que se acredite la cobertura internacional conforme al instrumento aplicable.
5. ¿Puedo perder mi residencia de nómada digital por no darme de alta en el RETA?
Sí, existe un riesgo real. La UGE advierte de que el incumplimiento puede determinar la extinción de la autorización de residencia, con posibles consecuencias para familiares dependientes. Si has recibido la aprobación y todavía no has formalizado el alta, es aconsejable analizar inmediatamente tu situación y regularizar las obligaciones pendientes.
Visal Immigration Lawyers: asesoramiento para nómadas digitales en España
Conseguir una autorización de residencia para teletrabajo internacional es un paso importante para comenzar una nueva etapa profesional y personal en España.
Sin embargo, la aprobación no pone fin a todas las obligaciones administrativas.
Para los profesionales autónomos, darse de alta correctamente en Hacienda y en el RETA es esencial para cumplir la normativa española y mantener las condiciones de su residencia.
En Visal Immigration Lawyers somos un despacho de abogados especializado en derecho de extranjería en España. Asesoramos a profesionales internacionales que desean obtener su autorización de nómada digital, renovar su residencia o resolver incidencias relacionadas con los requisitos administrativos de su permiso.
Nuestro objetivo es que comprendas tus obligaciones, conozcas los pasos que debes seguir y puedas tomar decisiones con información jurídica clara y actualizada.
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