Perder la tarjeta de residencia con la NACIONALIDAD en trámite. Nacionalidad española en situación irregular 2025: guía completa para extranjeros en España
Descubre qué ocurre si te quedas en situación irregular mientras tramitas la nacionalidad española. Guía completa 2025 de Visal Immigration Lawyers para extranjeros en España.
¿Estás tramitando tu nacionalidad española y, durante el proceso, te has quedado sin residencia legal? Esta es una situación más común de lo que parece y que genera muchísima incertidumbre entre quienes llevan años viviendo en España. En esta guía completa de Visal Immigration Lawyers te explicamos, de forma clara y actualizada a octubre de 2025, qué ocurre si caes en situación irregular mientras tu expediente de nacionalidad está en trámite, cómo afecta (o no) a tu solicitud, y qué pasos debes seguir para completar el proceso sin problemas.
Al final de este artículo, sabrás cómo actúa el Ministerio de Justicia ante estos casos, qué precauciones debes tomar y cómo evitar errores que pueden retrasar o incluso impedir la obtención de tu DNI y pasaporte español. Si después de leerlo tienes dudas, puedes Solicitar tu consulta con un abogado experto en el siguiente enlace: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita.
Cuando un extranjero presenta su solicitud de nacionalidad española por residencia, uno de los requisitos fundamentales es haber residido legal y continuadamente en España durante un periodo determinado (normalmente 10 años, salvo excepciones de 5, 2 o 1 año según el caso). Pero ¿qué pasa si, una vez presentada la solicitud, el extranjero pierde su permiso o deja de tener residencia legal en España?
Esta situación se denomina irregularidad sobrevenida, y puede deberse a múltiples causas: no renovar a tiempo la tarjeta, pasar demasiado tiempo fuera de España, tener una denegación de renovación o incluso marcharse temporalmente a otro país mientras el expediente sigue su curso.
Lo importante es entender que esta irregularidad, en principio, no impide la concesión de la nacionalidad española, siempre que el solicitante cumpliera todos los requisitos legales en el momento de la solicitud. El criterio oficial del Ministerio de Justicia sigue siendo claro en 2025: si en la fecha en la que presentaste tu solicitud tenías residencia legal en vigor, cumplías el tiempo exigido y aportaste toda la documentación correctamente, la pérdida posterior de tu residencia no afecta a la tramitación ni al resultado de tu expediente.
Este criterio ha sido confirmado en múltiples resoluciones y responde a un principio lógico: la nacionalidad se valora en función de las circunstancias del solicitante al momento de pedirla, no al momento de su resolución. De lo contrario, miles de expedientes quedarían en el limbo simplemente porque la administración tarda más de lo previsto en resolver.
Por tanto, si estás esperando respuesta y tu tarjeta caduca, no entres en pánico. El expediente seguirá su curso. Eso sí, pueden aparecer dificultades en etapas posteriores del proceso, sobre todo en la jura o promesa de la nacionalidad, que es el paso final y donde muchos solicitantes descubren los verdaderos obstáculos.
En Visal Immigration Lawyers hemos visto numerosos casos en los que la resolución de nacionalidad llega cuando el solicitante ya se encuentra en situación irregular. Algunos incluso se marcharon a su país por motivos personales y, meses después, recibieron la resolución favorable. En estos casos, el principal reto no es tanto el reconocimiento de la nacionalidad, sino cómo completar los trámites finales para obtener el DNI y pasaporte.
Si estás en una situación similar, te recomendamos Solicitar tu consulta con un abogado experto en este enlace: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita. Analizaremos tu caso y te explicaremos cómo proceder para no perder tu oportunidad de conseguir la ciudadanía española.
Una vez recibida la resolución favorable, el siguiente paso es realizar la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas, acto que normalmente se lleva a cabo ante el Registro Civil o ante notario. Aquí es donde las diferencias entre oficinas pueden ser notables.
Algunos registros civiles permiten hacer la jura simplemente con el pasaporte y la resolución, aunque la TIE esté caducada. En cambio, otros exigen que el solicitante tenga una tarjeta de residencia vigente o al menos que aporte el resguardo de renovación. Esta disparidad de criterios puede generar incertidumbre, especialmente en grandes ciudades como Barcelona o Madrid.
En las notarías, el control de la identificación suele ser más estricto. Si acudes con la tarjeta vencida, lo más probable es que no acepten realizar la jura hasta que acredites una residencia válida. Por ello, si te encuentras en situación irregular pero ya tienes una resolución favorable, es recomendable hacer la jura en el Registro Civil, donde el margen de interpretación es más flexible.
Supongamos un ejemplo real: un ciudadano peruano presenta su solicitud de nacionalidad en 2021. En 2024, su tarjeta caduca mientras espera resolución y no logra renovarla a tiempo. En marzo de 2025, el Ministerio de Justicia le concede la nacionalidad. Este ciudadano puede perfectamente acudir al Registro Civil con su pasaporte peruano y la resolución favorable para realizar la jura. Si el Registro Civil acepta su identificación con pasaporte, el proceso continuará con normalidad.
Una vez realizada la jura y firmada el acta, se inscribirá la nacionalidad en el Registro Civil, y el interesado podrá solicitar su DNI y pasaporte español. En la práctica, la Policía Nacional no suele poner impedimentos en estos casos, ya que el solicitante ya es ciudadano español y se identifica con su certificado literal de nacimiento español.
No obstante, conviene actuar con prudencia. Algunos registros pueden tardar varios meses en otorgar cita para la jura o exigir documentación adicional. Si te ves en esta situación, te recomendamos Solicitar tu consulta con un abogado experto para revisar la documentación y evitar retrasos: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita.
¿Qué ocurre si el solicitante está fuera de España cuando recibe la resolución favorable?
También es posible. Imaginemos que un ciudadano colombiano solicitó su nacionalidad y, tras un tiempo de espera prolongado, regresó a su país por motivos familiares. Cuando se publica la resolución favorable, aún puede completar el proceso, pero deberá volver a España para realizar la jura. Este desplazamiento puede implicar solicitar un nuevo visado de entrada, especialmente si su residencia ya había caducado. En estos casos, es importante planificar bien los tiempos y contar con asesoría profesional.
Por eso, en Visal Immigration Lawyers, siempre aconsejamos no abandonar España hasta haber completado el proceso de nacionalidad, especialmente si tu residencia está próxima a caducar. Si ya estás en tu país y no sabes cómo regresar para realizar la jura, te animamos a Solicitar tu consulta con un abogado experto para estudiar posibles alternativas legales: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita.
Otra cuestión clave es el plazo para realizar la jura o promesa, que actualmente es de 180 días desde la notificación de la resolución favorable. Si no se realiza dentro de ese tiempo, el expediente podría quedar sin efecto, lo que obligaría a iniciar todo el procedimiento desde cero.
En la práctica, si has caído en situación irregular y no puedes obtener cita dentro del plazo, un abogado experto puede ayudarte a solicitar una prórroga o acreditar causa justificada para evitar la caducidad del expediente. En Visal Immigration Lawyers hemos gestionado con éxito casos de este tipo, especialmente cuando existen demoras administrativas documentadas o motivos de fuerza mayor.
Conviene recordar que la nacionalidad española por residencia no depende de tener una tarjeta vigente en el momento de la resolución, sino de haber residido legal y continuadamente durante los años exigidos antes de la solicitud. Es decir, si cumpliste los requisitos al solicitarla, la pérdida posterior no elimina tu derecho.
Por eso, el mensaje principal es claro: no pierdes la nacionalidad por quedarte irregular durante el trámite, pero sí puedes tener dificultades prácticas en los pasos finales. Lo ideal es mantener siempre la residencia al día y renovar con antelación para evitar complicaciones, pero si ya te encuentras en esa situación, la clave es actuar con asesoramiento jurídico y dentro de los plazos.
Si necesitas orientación personalizada, puedes Solicitar tu consulta con un abogado experto en este enlace: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita. También puedes escribirnos por WhatsApp al 618 702 253.
A continuación, respondemos a algunas de las preguntas más frecuentes que recibimos en nuestro despacho sobre este tema:
¿Puedo conseguir la nacionalidad española si me quedo irregular mientras la tramitan?
Sí. Si al momento de presentar la solicitud tenías residencia legal y cumplías todos los requisitos, el hecho de quedarte irregular después no afecta a la concesión. Lo que puede complicarse es la jura, por eso es importante actuar con asesoría.
¿Puedo hacer la jura sin tarjeta de residencia vigente?
En la mayoría de registros civiles sí, identificándote con tu pasaporte y la resolución favorable. En notaría es más difícil, ya que suelen exigir la TIE en vigor. Te recomendamos acudir al Registro Civil.
¿Qué pasa si estoy fuera de España cuando me aprueban la nacionalidad?
Podrás regresar a España para realizar la jura, pero si tu residencia ya está caducada, puede que necesites un nuevo visado de entrada. Un abogado puede ayudarte a preparar la estrategia más adecuada según tu caso.
¿La Policía puede negarme el DNI si mi TIE está caducada?
No. Si ya has hecho la jura y estás inscrito en el Registro Civil, eres ciudadano español y tienes derecho a tu DNI y pasaporte. Solo deberás presentar la documentación española que acredite tu nacionalidad.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer la jura después de recibir la resolución favorable?
El plazo es de 180 días. Si no puedes obtener cita dentro de ese tiempo, contacta con un abogado para solicitar una prórroga o justificar el retraso y evitar que el expediente quede sin efecto.
En resumen, la irregularidad sobrevenida no te impide conseguir la nacionalidad española, pero puede complicar los pasos finales del procedimiento. Lo más importante es mantener la calma, conservar todos los documentos y actuar con asesoramiento especializado.
En Visal Immigration Lawyers somos un despacho de abogados especializado en extranjería y nacionalidad española. Llevamos años ayudando a extranjeros de todo el mundo a obtener su residencia, renovar sus permisos y conseguir la ciudadanía española con éxito. Si te encuentras en esta situación, Solicita tu consulta con un abogado experto en el siguiente enlace: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita, o escríbenos por WhatsApp al 618 702 253.
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Conclusión
España sigue siendo uno de los países más abiertos al reconocimiento de la nacionalidad por residencia, incluso cuando surgen situaciones de irregularidad temporal. La clave está en haber cumplido los requisitos en el momento de la solicitud y en completar correctamente los pasos finales del proceso.
Esperamos que esta guía te haya ayudado a entender cómo actuar si te encuentras en esta situación. Recuerda que cada caso es único, y que contar con el apoyo de un abogado especializado puede marcar la diferencia entre un trámite exitoso y un problema innecesario.
Si necesitas asesoría personalizada, puedes Solicitar tu consulta con un abogado experto ahora mismo: https://www.visalimmigration.com/reservar-cita.
Nuestro equipo en Visal Immigration Lawyers estará encantado de ayudarte paso a paso.
