Residencia para prácticas profesionales
GUÍA COMPLETA 2022
La regulación española incorpora un importante permiso de residencia para todas aquellas personas que, sin contar con un contrato de trabajo en la actualidad, quieren quedarse a vivir en España para realizar prácticas profesionales en una determinada empresa.
¿EN QUÉ CONSISTE ESTE PERMISO?
Se trata de una autorización pensada para que, aquellas personas que se encuentran con un permiso de estudios en nuestro país, puedan participar en un programa de prácticas mediante la firma de un convenio de prácticas con el fin de mejorar los conocimientos, la práctica y la experiencia en un entorno profesional.
Pero también tienen acceso a este permiso a través de la firma de un contrato de trabajo en prácticas aquellas personas que, sin ser estudiantes actualmente, se encuentre en España y puedan probar que han finalizado unos determinados estudios recientemente.
¿QUIÉN TIENE ACCESO A SOLICITAR ESTE PERMISO?
En consecuencia, pueden solicitarla estudiantes extranjeros que hayan obtenido un título de educación superior en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o que estén realizando estudios que conduzcan a la obtención de un título de educación superior.
Las prácticas a realizar podrán ser no laborales (a través de un convenio de prácticas) o laborales (a través de un contrato de trabajo en prácticas):
a) Posibilidad de realizar prácticas no laborales
Las prácticas no laborales son aquellas en las que no se dispone de contrato laboral ni de salario (aunque pueden llegar a tenerlo en caso de becas y ayudas).
A esta posibilidad podrán tener acceso aquellas personas que se encuentren realizando estudios conducentes a la obtención de un título de educación superior (con permiso para estudiar) y cuyo centro de enseñanza les haya firmado un convenio para realizar las prácticas en una empresa.
Las prácticas que se realicen por virtud del convenio firmado se deberán efectuar en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación que el título de educación superior o el programa de estudios referido que se esté realizando al mismo tiempo.
b) Posibilidad de realizar prácticas laborales
Las prácticas laborales son aquellas que se llevan a cabo mediante un contrato laboral formalizado y en las que el interesado comenzará a trabajar y formar parte de la plantilla de la empresa o particular con quien haya suscrito el contrato de prácticas. Tendrá, por tanto, contrato y salario.
A esta posibilidad podrán tener acceso, no solo aquellas personas que se encuentren realizando estudios actualmente en España, si no también aquellas personas que hayan obtenido un título de educación superior (en España o fuera) en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud.
Dentro de la educación superior se engloba la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior.
Es importante volver a destacar el hecho de que los propios requisitos del contrato para prácticas, exigen que se hayan finalizado los estudios.
Esto significa que sólo se podrá acceder al permiso de residencia para prácticas mediante contrato si ya se han finalizado los estudios que se alegan en la solicitud. Si todavía se están cursando éstos, se deberá de solicitar el permiso mediante un convenio para prácticas y no mediante un contrato.
En este caso (estudiantes que accedente mediante convenio) será necesario que el extranjero pruebe que dispone de medios económicos suficientes para su sostenimiento, además de un seguro de salud, pues no nos valdrán los medios económicos derivados de esa contratación para poder acceder a esta residencia para prácticas profesionales.
¿CUÁL ES LA DURACIÓN DE ESTE PERMISO?
En este punto debemos tener presente la modificación de la legislación española en materia laboral que ha tenido lugar en el año 2022.
Con la reforma de la ley laboral únicamente es posible firmar contratos de prácticas por un año y, por lo tanto, el permiso de residencia también deberá ajustarse a estas exigencias.
Así, tal y como establece la Instrucción DGM 4/2018, a través de la cual se regula la Autorización de Residencia para Prácticas Profesionales, la duración máxima de la Autorización será de un año, ya que la validez de dicha autorización siempre va ligada o vinculada a la duración del contrato para prácticas profesionales.
Además, el mínimo del contrato o convenio ha de ser de 6 meses. En este caso se otorgará un permiso de residencia de 6 meses que podrá ser prorrogado por otros 6 meses más, si se renueva también el convenio o contrato con la empresa.
Todo esto facilita que los extranjeros puedan acceder a ese primer contrato y, además, de manera rápida. Esto viene muy bien para las empresas. No es necesario hacer contratos tan rigurosos, sino que pueden ser mucho más flexibles en función de cómo se adapte el trabajador a su puesto y si se quiere renovar al ciudadano extranjero.
REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DEL PERMISO DE RESIDENCIA PARA PRÁCTICAS
Después de haber explicado los pormenores de este tipo de permiso de residencia, vamos a resumir los principales requisitos para su obtención:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en sus países anteriores de residencia durante los últimos cinco años por delitos previstos en el ordenamiento español y no figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- Encontrarse regularmente en territorio español.
- Haber obtenido un título de educación superior, englobando ésta a la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior, en los dos años anteriores a la fecha de la solicitud o estar realizando estudios que conducen a la obtención de un título de educación superior, debiendo ser titular de una autorización de estancia por estudios, si los mismos son realizados en España
- Las prácticas se deberán efectuar en el mismo campo académico y al mismo nivel de cualificación que el título de educación superior o el programa de estudios referido.
- Realizar las prácticas dentro de un programa soportado por un contrato de trabajo en prácticas o convenio de prácticas.
- Haber sido admitido o contratado en una entidad pública o privada, en base al citado convenio o contrato que contemple una formación teórica y práctica.
- Si no hay contrato de trabajo en prácticas, contar con un seguro médico público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
- Si no hay contrato de trabajo en prácticas, tener medios económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso a su país y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías:
1- Para su sostenimiento, mensualmente, el 100 % del IPREM, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento, en cuyo caso será del 50% del IPREM, durante todo el tiempo que haya de durar la residencia.
2- Para el sostenimiento de sus familiares, mensualmente, el 75% del IPREM para el primer familiar y el 50% del IPREM para cada una de las restantes personas, salvo que se acredite debidamente tener abonado de antemano el alojamiento durante todo el tiempo que haya de durar la residencia.
- No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
Por último, destacar el importante beneficio que puede suponer para algunas empresas la existencia de este permiso, ya que con él, podrán ofrecer a muchos potenciales trabajadores un contrato para prácticas laborales de 6 meses, que luego podrán prorrogar por otros 6 meses más para finalmente ofrecer un contrato de trabajo definitivo sin tener que renunciar a muchas personas que por motivo de su nacionalidad deberían superar la situación nacional de empleo para optar a un trabajo en España.
