
Salario Mínimo Interprofesional para 2023
El Gobierno español anuncia la subida hasta los 1080 euros mensuales.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado en el Senado una subida del salario mínimo interprofesional (SMI) del 8% para este año 2023.
Por lo tanto, se pasa de 1.000 euros mensuales a 1.080 euros brutos al mes, repartidos en 14 pagas.
Este cambio, no solo afecta al bolsillo de los trabajadores españoles por cuenta ajena, sino que también es importante para algunos trámites de Extranjería, para los que es necesario demostrar unos fondos ecónomicos que se calculan en base al SMI.
El anuncio ha llegado tras la reunión durante la mañana de este martes de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de CC.OO. y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, quienes habrían cerrado los últimos flecos de un acuerdo del que se ha desligado la patronal CEOE. "Quiero que los españoles sepan que nuestra lucha por mejorar las condiciones de los trabajadores y lograr un reparto más justo no ha hecho más que empezar", ha señalado Sánchez.
El Salario Mínimo Interprofesional es el salario o remunación mínima que debe recibir un trabajador por un periodo laboral concreto, en este caso, la jornada completa. Todo ello viene regulado en el Estatuto de los Trabajadores, concretamente en el artículo 27:
1. El Gobierno fijará, previa consulta con las organizaciones sindicales y asociaciones empresariales más representativas, anualmente, el salario mínimo interprofesional, teniendo en cuenta:
a) El índice de precios de consumo.
b) La productividad media nacional alcanzada.
c) El incremento de la participación del trabajo en la renta nacional.
d) La coyuntura económica general.
Igualmente se fijará una revisión semestral para el caso de que no se cumplan las previsiones sobre el índice de precios citado.
La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel.
2. El salario mínimo interprofesional, en su cuantía, es inembargable.
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