Toma de huellas y TIE en España 2026: documentación exacta y guía completa
Toma de huellas y TIE en España 2026: descubre qué documentos llevar, qué tasa pagar, cómo pedir cita y evitar errores en Policía Nacional. Guía completa.
Conseguir una resolución favorable de residencia en España es uno de los momentos más importantes de cualquier procedimiento de extranjería. Sin embargo, para muchas personas el proceso todavía no ha terminado: el siguiente paso es solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero, conocida como TIE, mediante la popularmente denominada cita de toma de huellas.
Y es precisamente en este punto donde aparecen muchas dudas. ¿Qué documentos hay que llevar exactamente? ¿Es obligatorio presentar el empadronamiento? ¿Qué tasa debe pagarse? ¿Hay que utilizar el EX-17? ¿Qué ocurre con las autorizaciones de la Ley 14/2013, como la residencia para nómadas digitales? ¿Puede hacerse la toma de huellas en cualquier comisaría?
En esta guía de Visal Immigration Lawyers explicamos, con criterios actualizados a 2026, qué documentación conviene preparar para solicitar la TIE, qué diferencias existen según el tipo de residencia y qué errores pueden impedir que la Policía tramite correctamente la tarjeta.
Si tienes una resolución favorable y quieres asegurarte de que la documentación de tu cita es correcta, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Qué es la toma de huellas para la TIE?
La expresión “toma de huellas” se utiliza habitualmente para referirse al trámite presencial mediante el que la Policía Nacional documenta físicamente una autorización de residencia o estancia que ya ha sido concedida.
Es importante entender esta diferencia: en la cita de huellas, normalmente no se vuelve a solicitar la autorización de residencia. La autorización ya existe. Lo que se solicita es la expedición de la tarjeta física que acredita esa situación administrativa.
El artículo 209 del Reglamento de Extranjería, aprobado por el Real Decreto 1155/2024, establece que las personas extranjeras a quienes se haya expedido un visado o una autorización para permanecer en España durante más de seis meses tienen el derecho y el deber de obtener la TIE. La solicitud debe realizarse personalmente y, con carácter general, dentro del plazo de un mes desde la entrada en España, desde la concesión de la autorización o desde que esta cobre eficacia, dependiendo del procedimiento concreto.
La TIE es además un documento personal e intransferible destinado a identificar al extranjero y acreditar su situación legal en España.
NIE y TIE no son lo mismo
Antes de continuar conviene aclarar una confusión muy habitual. El NIE es un número, mientras que la TIE es una tarjeta física.
Una persona puede tener NIE y no ser residente en España. Por ejemplo, puede haber obtenido ese número para comprar una vivienda, aceptar una herencia o realizar determinadas operaciones económicas.
La TIE, por el contrario, documenta físicamente una autorización o derecho de estancia o residencia.
Si quieres profundizar en esta diferencia, puedes consultar nuestra guía actualizada NIE y TIE en España 2026: diferencias y cómo conseguir un NIE.
Documentación para la toma de huellas de la TIE en 2026
Una de las cuestiones que más confusión genera es que no existe una lista idéntica para absolutamente todos los supuestos. El tipo de residencia, si se trata de una primera tarjeta o renovación, la provincia, la oficina policial e incluso las instrucciones que figuren en la propia cita pueden determinar documentación adicional.
La propia página oficial de la Policía Nacional identifica expresamente, para la tarjeta inicial o renovación de residencia, el formulario correspondiente y el justificante de la tasa 790 código 012. El formulario oficial, además, remite a la información específica aplicable a cada procedimiento.
Por eso, desde un punto de vista práctico, recomendamos preparar un expediente completo para la cita, evitando interpretar una lista genérica de forma excesivamente restrictiva.
Para una primera TIE, la documentación habitual será:
- Formulario oficial correspondiente, correctamente cumplimentado y firmado.
- Pasaporte original en vigor y las copias necesarias.
- Resolución favorable o documento que acredita la autorización concedida.
- Justificante de pago de la tasa modelo 790, código 012.
- Una fotografía reciente tipo DNI, con las características exigidas.
- Justificante de la cita previa.
- Empadronamiento actualizado cuando exista cambio de domicilio o cuando sea requerido por la oficina.
- Documentación adicional relacionada con la entrada en España o con la eficacia de la autorización cuando el procedimiento concreto lo requiera.
En renovaciones deberá aportarse, además, la TIE anterior. En caso de pérdida o sustracción será necesario acreditar dicha circunstancia y, normalmente, aportar la correspondiente denuncia.
Esta es precisamente una de las situaciones en las que merece la pena revisar el expediente antes de acudir a Policía. Si no tienes claro qué documentación corresponde a tu autorización concreta, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
El formulario: EX-17 o MI-TIE
Este punto merece especial atención porque no todos los expedientes utilizan necesariamente el mismo formulario.
Para la mayoría de las autorizaciones reguladas por el régimen general de extranjería se utiliza el modelo EX-17, Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero.
El modelo oficial actualmente vigente hace referencia al Real Decreto 1155/2024 y permite seleccionar entre tarjeta inicial, renovación o duplicado por pérdida, sustracción, deterioro o cambio de datos. Además, sus propias instrucciones indican expresamente que debe presentarse original y copia del formulario.
También deja claro un aspecto esencial: el formulario se presenta personalmente ante la unidad competente de Policía Nacional y no puede presentarse telemáticamente ni a través de un registro público.
Atención a las autorizaciones de la Ley 14/2013
Existe una particularidad muy relevante para las personas que han obtenido autorizaciones de movilidad internacional reguladas por la Ley 14/2013, como determinados profesionales altamente cualificados, investigadores, trabajadores trasladados dentro de una empresa, emprendedores o teletrabajadores internacionales.
El Ministerio de Inclusión mantiene publicado en 2026 un formulario específico denominado MI-TIE – Modelo de solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero para las autorizaciones incluidas en esta ley.
Por tanto, si has obtenido, por ejemplo, una residencia para teletrabajador de carácter internacional o Digital Nomad Visa, no recomendamos descargar automáticamente el EX-17 sin comprobar antes qué modelo corresponde al procedimiento y qué instrucciones figuran en tu resolución y en la cita policial.
Puedes consultar también nuestra información sobre la Visa Nómada Digital en España.
Si tu residencia pertenece a la Ley 14/2013 y quieres que revisemos específicamente qué formulario debes presentar, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
Pasaporte original y copias
El pasaporte permite acreditar la identidad de la persona que solicita la tarjeta y debe llevarse en original y en vigor.
Es recomendable preparar también copia de la página biográfica y de aquellas páginas relevantes para el procedimiento, especialmente las que contengan visados, sellos o información relacionada con la entrada en España.
En determinados procedimientos, la fecha de entrada tiene importancia porque determina el momento desde el que empieza a computarse el plazo para solicitar la TIE.
Actualmente, además, los sistemas electrónicos europeos de control fronterizo pueden provocar que la entrada no siempre quede acreditada mediante el tradicional sello físico. Cuando exista cualquier duda sobre la entrada en España, conviene revisar previamente qué medio de prueba debe utilizarse.
Resolución favorable de residencia
Aunque la información genérica del procedimiento publicada por Policía Nacional no desarrolla exhaustivamente todos los documentos complementarios para cada supuesto, recomendamos acudir siempre con una copia completa de la resolución favorable.
La resolución identifica el tipo de autorización, su periodo de vigencia y, en muchas ocasiones, contiene instrucciones expresas sobre la obligación de solicitar la TIE.
Esto resulta especialmente importante cuando se trata de una autorización reciente, de una residencia concedida por silencio administrativo, de un expediente tramitado por la Unidad de Grandes Empresas o de situaciones en las que los datos todavía puedan necesitar ser verificados por la unidad policial.
El Reglamento confirma además que la situación legal de una persona extranjera puede acreditarse mediante distintos documentos, entre ellos la resolución administrativa que autoriza su permanencia en España.
Tasa 790 código 012: cuál debes pagar
La expedición de la TIE está sujeta, con carácter general, al pago de la tasa modelo 790 código 012.
No debe confundirse con otras tasas pagadas durante el procedimiento de residencia. Una persona puede haber abonado previamente una tasa de extranjería para solicitar la autorización y tener que pagar posteriormente la tasa correspondiente a la expedición física de la TIE.
En agosto de 2026, la Policía Nacional publica, entre otros, los siguientes importes:
16,08 euros para la TIE que documenta la primera concesión de una autorización de residencia temporal, estancia o autorización para trabajadores transfronterizos.
19,30 euros para la TIE que documenta una renovación de residencia temporal o una prórroga de estancia.
21,87 euros para una TIE de residencia de larga duración o larga duración-UE.
12 euros para la TIE de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española y también para determinados certificados o tarjetas del régimen de ciudadanos de la Unión y Brexit.
Los importes pueden ser actualizados, por lo que el criterio correcto no es memorizar una cantidad sino seleccionar en el modelo 790 código 012 el concepto exacto correspondiente a la tarjeta que se está solicitando.
El justificante de pago debe conservarse y llevarse a la cita.
La fotografía para la TIE
La fotografía debe cumplir los requisitos establecidos para este tipo de documento identificativo.
La Policía Nacional señala actualmente que debe tratarse de una fotografía en color, del rostro, de 32 x 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso y tomada de frente.
Aunque la Policía admite determinadas fotografías anteriores cuando siguen reflejando fielmente la imagen actual, nuestra recomendación práctica es sencilla: llevar una fotografía reciente.
Una fotografía inadecuada puede obligar a repetirla y complicar innecesariamente un trámite que, con la documentación correcta, debería ser sencillo.
¿Es obligatorio llevar empadronamiento?
Esta es probablemente una de las preguntas que más recibimos.
El empadronamiento no debe presentarse como un requisito universal e idéntico para cualquier toma de huellas en España. Sin embargo, puede resultar necesario, especialmente cuando el domicilio actual no coincide con el que figura en el expediente o en la tarjeta anterior.
Además, las instrucciones concretas de determinadas unidades policiales pueden solicitar un volante o certificado de empadronamiento actualizado.
Por eso recomendamos comprobar la documentación indicada en la confirmación de la cita y, cuando exista un cambio de domicilio, llevar un padrón reciente.
No es aconsejable acudir a la cita pensando simplemente que “como en Internet alguien dijo que no se necesita, no lo llevo”. En extranjería debe revisarse siempre el procedimiento concreto.
¿Dónde se pide la cita para las huellas?
La cita se obtiene a través del sistema oficial de cita previa de extranjería.
Para una TIE del régimen general, la propia Policía Nacional indica que debe seleccionarse el trámite denominado “POLICÍA – TOMA DE HUELLA (EXPEDICIÓN DE TARJETA), RENOVACIÓN DE TARJETA DE LARGA DURACIÓN Y DUPLICADO”.
La expedición se realiza en una Unidad de Documentación de Policía Nacional habilitada dentro de la provincia en la que la persona tenga fijada su residencia.
Esto es particularmente útil en provincias grandes. Si resides, por ejemplo, en la provincia de Barcelona, no significa necesariamente que la única opción sea una comisaría situada en Barcelona ciudad. Puede existir disponibilidad en otras localidades de la misma provincia siempre que esa unidad tramite TIE.
La disponibilidad de citas cambia constantemente, por lo que es importante verificar que se está reservando el trámite correcto y no una cita para asignación de NIE, certificado de residente, carta de invitación u otro procedimiento policial diferente.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la TIE?
El artículo 209 del Reglamento establece, como regla general, un plazo de un mes para solicitar personalmente la tarjeta cuando exista obligación de obtenerla. El momento desde el que empieza a contar ese mes dependerá del tipo de autorización: entrada en España, concesión, notificación o momento en que la autorización cobre eficacia.
Esto es importante porque no siempre debe contarse automáticamente desde la fecha que aparece en la resolución.
Por ejemplo, algunas autorizaciones laborales están condicionadas al alta en Seguridad Social. El propio Reglamento establece que, cuando la eficacia de la autorización dependa de esa alta, la Policía comprobará de oficio el cumplimiento del requisito antes de expedir la tarjeta.
Si has recibido recientemente tu resolución y no sabes desde qué día computar el plazo, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Qué ocurre si no encuentro cita dentro del primer mes?
En provincias con una elevada demanda, como Barcelona o Madrid, puede resultar complicado conseguir una cita inmediata.
Lo importante es actuar diligentemente y tratar de obtenerla cuanto antes. El Reglamento establece la obligación de solicitar la TIE dentro del plazo correspondiente y prevé que el incumplimiento de las obligaciones relativas a la tarjeta puede dar lugar a la aplicación del régimen sancionador de extranjería.
No obstante, la falta de tarjeta física no significa automáticamente que haya desaparecido una autorización de residencia que ya ha sido válidamente concedida.
La residencia y la TIE deben diferenciarse jurídicamente. La TIE documenta una situación legal existente; no es, por regla general, el acto administrativo que crea la residencia.
Si se aproxima el plazo y no consigues cita, resulta conveniente conservar pruebas de los intentos realizados y revisar las alternativas disponibles en tu provincia.
Primera tarjeta, renovación y duplicado: la documentación cambia
No debe prepararse igual una primera TIE que la renovación de una tarjeta existente.
En una primera expedición, el punto de partida será la autorización recientemente concedida, junto con el formulario, pasaporte, fotografía, tasa y demás documentación aplicable.
En una renovación, será necesario llevar también la tarjeta anterior. El Reglamento establece que, cuando finaliza su vigencia y se ha acordado la renovación, el titular debe entregar la tarjeta anterior a la Policía.
Cuando exista pérdida o robo, deberá solicitarse un duplicado y acreditar la circunstancia. La Policía Nacional señala expresamente que, en caso de pérdida o sustracción de una TIE, incluso aunque ya estuviese caducada, debe interponerse denuncia y aportarla al solicitar la nueva tarjeta.
Si existe únicamente un cambio de domicilio o de determinados datos personales, también puede ser necesario solicitar una nueva tarjeta adaptada a los nuevos datos.
Residencia de larga duración: cuidado con confundir tarjeta y autorización
Las personas con residencia de larga duración deben distinguir entre la autorización de residencia y la vigencia física de la tarjeta.
El Reglamento de 2026 establece expresamente la documentación para la renovación de la TIE de larga duración: pasaporte completo en vigor o documento equivalente, justificante del pago de la tasa y fotografía conforme a los requisitos del DNI.
El hecho de que la tarjeta física caduque no significa necesariamente que se pierda automáticamente la condición de residente de larga duración.
Esta distinción es especialmente relevante para evitar que una persona tramite por error una nueva autorización cuando lo que realmente necesita es renovar el soporte físico de su TIE.
Qué ocurre el día de la cita
La toma de huellas es presencial precisamente porque la identidad del solicitante debe verificarse y se realizan las actuaciones necesarias para producir la tarjeta.
El funcionario comprobará la documentación, la identidad, el pago de la tasa y los datos asociados a la autorización.
Una vez finalizado correctamente el trámite, se entrega normalmente un resguardo de expedición de la TIE. Este documento debe conservarse cuidadosamente porque suele contener información necesaria para recoger posteriormente la tarjeta.
La fabricación de la tarjeta no es inmediata. La propia unidad policial indicará cuándo y cómo puede recogerse.
La recogida también tiene carácter personal como regla general. La Policía Nacional indica que la TIE debe ser recogida por su titular, con una excepción específica para menores de seis años, en cuyo caso puede efectuar la recogida quien ostente la patria potestad, tutela legal o persona debidamente apoderada.
¿Puedo viajar mientras espero la TIE?
Tener la residencia concedida y tener físicamente la TIE son dos cuestiones diferentes.
Dentro de España, una resolución favorable puede acreditar la existencia de la autorización administrativa correspondiente. Sin embargo, viajar fuera de España y regresar sin la tarjeta física puede plantear problemas distintos, especialmente cuando el visado ha caducado o cuando no existe otro documento válido que permita el reingreso.
En determinadas situaciones puede ser necesario solicitar una autorización de regreso, aunque su procedencia depende del tipo de residencia, del estado exacto del procedimiento y del viaje previsto.
Por eso no recomendamos asumir que una resolución favorable es suficiente para viajar internacionalmente en cualquier circunstancia.
Si tienes un viaje próximo y todavía no dispones de tu TIE, puedes Solicita tu consulta con un abogado experto antes de salir de España.
Los errores más frecuentes en la cita de huellas
Después de acompañar durante años procedimientos de residencia, vemos que la mayoría de problemas en las citas de TIE no tienen que ver con situaciones jurídicas especialmente complejas, sino con pequeños errores de preparación.
Uno de los más habituales es pagar una tasa incorrecta, especialmente cuando se confunde primera tarjeta con renovación o larga duración.
Otro error frecuente consiste en utilizar un formulario que no corresponde al régimen aplicable. Esto merece especial atención en expedientes de movilidad internacional de la Ley 14/2013, para los que existe el modelo MI-TIE.
También encontramos personas que acuden sin pasaporte original, con una fotografía que no cumple las características, sin la TIE anterior en una renovación o sin padrón pese a haber cambiado de domicilio.
Finalmente, es bastante habitual reservar una cita para un procedimiento policial diferente. Tener “una cita de extranjería” no es suficiente: debe ser exactamente la cita correspondiente al trámite que se quiere realizar.
Una revisión de cinco minutos antes de acudir a Policía puede evitar perder una cita que ha costado semanas conseguir.
Nuestra recomendación: prepara una carpeta completa
La documentación administrativa debe prepararse con un criterio sencillo: llevar lo necesario para que el funcionario pueda comprobar inmediatamente quién eres, qué autorización tienes, qué tarjeta solicitas, dónde resides y que has pagado correctamente la tasa.
Por eso aconsejamos llevar los documentos originales, las copias necesarias, la resolución completa y el justificante de cita, incluso cuando algunos datos puedan aparecer ya en los sistemas de la Administración.
No se trata de presentar documentos innecesarios, sino de evitar que una discrepancia, un cambio de domicilio o una incidencia informática impidan completar la expedición.
En Visal Immigration Lawyers podemos revisar tanto la autorización concedida como los documentos que deberán llevarse a la cita. Puedes Solicita tu consulta con un abogado experto.
Preguntas frecuentes sobre la toma de huellas y la TIE
¿Qué documentos debo llevar para la toma de huellas de la TIE?
Como base, debes preparar el formulario correspondiente, pasaporte original en vigor, justificante del pago de la tasa 790 código 012, fotografía reciente y documentación que acredite tu autorización. Dependiendo del caso pueden solicitarse resolución favorable, TIE anterior, empadronamiento o documentación adicional. Revisa siempre las instrucciones de tu cita concreta.
¿Es obligatorio presentar el empadronamiento para la TIE?
No existe una exigencia idéntica para todos los expedientes. El empadronamiento resulta especialmente importante cuando has cambiado de domicilio respecto del que figura en la resolución, solicitud o tarjeta anterior. Algunas unidades también lo solicitan expresamente. Por ello, cuando exista cualquier modificación de domicilio, recomendamos llevar un padrón actualizado.
¿Tengo que utilizar siempre el formulario EX-17?
No necesariamente. El EX-17 es el modelo general utilizado para numerosas expediciones, renovaciones y duplicados de TIE. Sin embargo, para las autorizaciones de movilidad internacional reguladas por la Ley 14/2013 el Ministerio publica un modelo específico denominado MI-TIE. Conviene comprobar el régimen jurídico de la autorización antes de acudir a Policía.
¿Cuánto cuesta la tasa para la TIE en 2026?
Depende del tipo de tarjeta. En 2026, una primera TIE temporal tiene una tasa de 16,08 euros; una renovación temporal, 19,30 euros; una TIE de larga duración, 21,87 euros; y determinados familiares de españoles o ciudadanos de la Unión pagan 12 euros. Comprueba siempre el concepto antes de pagar.
¿Puedo hacer la toma de huellas en una comisaría diferente a la de mi ciudad?
La Policía indica que la expedición puede realizarse en una Unidad de Documentación de Policía Nacional dentro de la provincia en la que tengas fijada tu residencia, siempre que dicha unidad tramite TIE y exista cita disponible. Por ejemplo, quien resida en Barcelona puede buscar otras localidades dentro de la provincia.
¿Necesitas una consulta personalizada?
La toma de huellas parece un trámite sencillo, pero un formulario incorrecto, una tasa equivocada, un cambio de domicilio o una documentación incompleta pueden hacerte perder la cita.
En Visal Immigration Lawyers somos abogados especializados en derecho de extranjería en España y podemos revisar tu resolución, identificar exactamente qué documentación corresponde a tu tipo de residencia y orientarte sobre los pasos posteriores a la concesión.
Puedes Solicita tu consulta con un abogado experto y nuestro equipo estudiará tu situación concreta.
También puedes encontrar información relacionada sobre la residencia para familiares de ciudadanos europeos, la Visa Nómada Digital en España y nuestra guía sobre NIE y TIE en España 2026.
Toma de huellas y TIE en España: prepara bien el último paso
Conseguir una autorización favorable es el paso jurídico fundamental, pero documentarla correctamente mediante la TIE permite disponer de la tarjeta física con la que acreditar de forma sencilla tu residencia en España.
En 2026, la clave es identificar correctamente qué formulario corresponde a tu autorización, qué tasa debes pagar y qué documentos exige tu situación concreta, evitando aplicar automáticamente una lista encontrada en Internet a todos los expedientes.
Si tu residencia acaba de ser aprobada, revisa cuanto antes el plazo para solicitar la TIE y reserva la cita correspondiente.
En Visal Immigration Lawyers ayudamos a extranjeros de toda España tanto presencialmente como online. Si necesitas asistencia puedes escribirnos por WhatsApp al 618 702 253 —exclusivamente mensajes de WhatsApp— o visitar www.visalimmigration.com para obtener más información.
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