Visa Nómada Digital España 2026: ¿Cuánto debe ganar un autónomo?
Descubre cuánto debe ganar un autónomo para obtener la Visa Nómada Digital en España en 2026, cómo demostrar sus ingresos y qué documentos necesita.
Visa Nómada Digital España 2026: ¿Cuánto debe ganar un autónomo?
¿Trabajas por cuenta propia en tu país y quieres mudarte a España sin dejar de trabajar para tus clientes extranjeros? La Visa de Nómada Digital puede permitirte residir legalmente en España y continuar desarrollando tu actividad profesional a distancia.
Sin embargo, una de las principales preguntas de los trabajadores autónomos, freelancers y profesionales independientes es cuánto dinero necesitan ganar mensualmente para conseguir esta autorización.
La respuesta depende del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en España, pero también de cómo se acreditan los ingresos, la estabilidad de la actividad profesional y la documentación presentada.
En esta guía actualizada a 2026, desde Visal Immigration Lawyers, despacho especializado en extranjería, explicamos los requisitos económicos de la Visa Nómada Digital, cómo demostrar los ingresos si trabajas como autónomo y qué debes tener en cuenta antes de presentar tu solicitud ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE).
¿Cuánto dinero necesitas ganar para conseguir la Visa Nómada Digital en España en 2026?
Para obtener la autorización de residencia como teletrabajador de carácter internacional, el solicitante principal debe acreditar recursos económicos equivalentes al 200 % del Salario Mínimo Interprofesional español.
En 2026, el SMI está establecido en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, lo que representa 17.094 euros anuales.
Esto plantea una cuestión importante: cómo convertir esa referencia salarial en ingresos mensuales cuando un profesional autónomo factura normalmente durante los doce meses del año.
Si distribuimos el SMI anual entre doce mensualidades, obtenemos un importe de 1.424,50 euros al mes. Aplicando el 200 %, resulta una referencia de 2.849 euros brutos mensuales, equivalente a 34.188 euros anuales.
Por tanto, para un autónomo extranjero que desea solicitar la Visa Nómada Digital en España en 2026, recomendamos utilizar 2.849 euros mensuales como referencia económica prudente.
Es importante precisar que las instrucciones administrativas expresan el requisito como el 200 % mensual del SMI, sin desarrollar expresamente en esa fórmula la conversión de catorce a doce pagas. El 200 % de la mensualidad nominal de 1.221 euros sería 2.442 euros. Por ello, la referencia anualizada de 2.849 euros resulta más conservadora y permite evitar depender de la interpretación más favorable de la Administración.
Estas cantidades corresponden a la acreditación económica del solicitante principal. Si deseas trasladarte a España con tu pareja o tus hijos, deberás justificar recursos adicionales.
Además, cumplir una determinada cifra de ingresos no garantiza automáticamente la aprobación. La Administración también analizará su origen, la documentación presentada y el cumplimiento de los restantes requisitos legales.
¿No sabes si tus ingresos actuales son suficientes para solicitar la residencia? En Visal Immigration Lawyers podemos revisar tu situación profesional y la documentación económica disponible antes de iniciar el procedimiento.
Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Los ingresos que debe demostrar un autónomo son brutos o netos?
Esta es probablemente una de las preguntas más importantes para quienes trabajan por cuenta propia.
Cuando una persona trabaja como empleada de una empresa extranjera, acreditar sus ingresos suele ser relativamente sencillo. Normalmente dispone de un contrato de trabajo, nóminas y transferencias bancarias periódicas.
La situación de un autónomo es diferente.
Los freelancers, consultores, desarrolladores informáticos, diseñadores, profesionales del marketing y otros trabajadores independientes suelen emitir facturas a sus clientes. Sus ingresos pueden cambiar de un mes a otro y una parte del dinero recibido puede destinarse a cubrir gastos relacionados con su actividad.
La documentación informativa publicada por la Unidad de Grandes Empresas establece expresamente que las cantidades económicas exigidas son brutas, antes de retenciones por impuestos, Seguridad Social u otros conceptos.
Por tanto, no debe confundirse el requisito económico de la Visa Nómada Digital con el dinero que queda en la cuenta bancaria después de pagar impuestos y cotizaciones.
Sin embargo, existe una distinción fundamental: facturación, ingresos profesionales y beneficios empresariales no siempre representan lo mismo.
Por ejemplo, un profesional que emite facturas por 4.000 euros mensuales, pero soporta gastos empresariales importantes, presenta una situación económica diferente de otro profesional que factura la misma cantidad con gastos muy reducidos.
Aunque la documentación administrativa permite acreditar cantidades brutas, eso no significa que cualquier importe facturado por una empresa pueda considerarse automáticamente renta personal disponible para el solicitante.
La Administración debe poder identificar quién percibe realmente los ingresos, de qué relación profesional proceden y si esos recursos permiten mantener al solicitante durante su residencia en España.
Esta cuestión es especialmente importante cuando el interesado trabaja mediante una sociedad extranjera de la que también es propietario.
Nuestra recomendación es preparar un expediente que permita distinguir claramente los ingresos personales, los gastos de la actividad y los fondos que están efectivamente a disposición del solicitante.
¿Cómo demostrar tus ingresos si eres autónomo en tu país?
No basta con afirmar que ganas más de 2.849 euros mensuales. Es necesario acreditar documentalmente que los ingresos proceden de una actividad profesional real y que existe una relación con empresas situadas fuera de España.
La UGE dispone de criterios documentales específicos para las solicitudes de teletrabajadores internacionales.
Facturas profesionales de los últimos tres meses
Las facturas constituyen uno de los principales documentos para acreditar los ingresos de un autónomo extranjero.
La documentación administrativa solicita facturas correspondientes a los tres meses anteriores a la solicitud que permitan justificar la percepción de rentas procedentes de los contratos profesionales.
Resulta conveniente que las facturas incluyan la identificación del profesional, los datos del cliente, la descripción del servicio, la fecha, el importe y los demás elementos exigidos por la legislación aplicable.
Además, es importante que exista coherencia entre las facturas y los contratos mercantiles aportados.
Por ejemplo, si un consultor trabaja para una empresa estadounidense y factura 3.500 euros mensuales por servicios de marketing digital, deberá poder demostrar que esas facturas responden a una prestación profesional efectiva.
Extractos bancarios que demuestren los pagos recibidos
Las facturas, por sí solas, no siempre son suficientes.
Una factura acredita que se ha documentado una operación comercial, pero no necesariamente que el cliente haya pagado su importe.
Por ello, la UGE solicita documentación bancaria correspondiente a los tres meses anteriores a la presentación que permita identificar los ingresos asociados a las facturas o contratos profesionales.
La documentación oficial contempla certificados bancarios emitidos a nombre del solicitante, sellados o firmados por la entidad financiera, en los que puedan identificarse los pagos correspondientes.
Es recomendable señalar claramente las transferencias recibidas de cada cliente para facilitar su comprobación.
Si una factura asciende a 3.500 euros, pero únicamente se demuestra el cobro de 1.500 euros, puede surgir un requerimiento para aclarar la diferencia.
También es importante tener en cuenta las conversiones de divisa cuando el profesional cobra en dólares estadounidenses, libras esterlinas u otras monedas.
Contratos mercantiles con empresas extranjeras
Un autónomo que solicita la Visa Nómada Digital debe acreditar una relación profesional con una o varias empresas situadas fuera de España durante, al menos, los tres meses anteriores a la solicitud.
Esta exigencia está recogida en el artículo 74 ter de la Ley 14/2013.
Los contratos deben permitir identificar las empresas contratantes, los servicios prestados, las condiciones económicas y los términos en los que se desarrollará el trabajo a distancia.
No es suficiente presentar un documento genérico que simplemente afirme que el interesado trabaja por Internet.
La Administración debe poder comprobar que existe una verdadera actividad profesional internacional.
Si trabajas como autónomo y tienes dudas sobre la validez de tus contratos o facturas, podemos revisar tu documentación antes de presentar la solicitud.
Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Qué ocurre si tus ingresos cambian cada mes?
Muchos profesionales independientes no tienen ingresos idénticos todos los meses.
Un diseñador gráfico puede facturar 4.500 euros en enero, 2.700 euros en febrero y 3.600 euros en marzo. Un consultor puede recibir pagos trimestrales, mientras que un desarrollador informático puede trabajar mediante contratos vinculados a proyectos concretos.
Estas situaciones no significan necesariamente que el solicitante quede excluido de la Visa Nómada Digital.
La normativa permite aportar distintos medios de prueba y establece que debe efectuarse un análisis individualizado de los recursos económicos.
Sin embargo, tampoco existe una regla general que permita afirmar que cualquier media de los últimos tres meses será automáticamente aceptada.
La estabilidad de los ingresos, los contratos vigentes, los pagos efectivamente recibidos y las perspectivas de continuidad son aspectos relevantes.
Por ejemplo, imaginemos que un profesional acredita los siguientes ingresos:
Enero: 3.200 euros. Febrero: 2.800 euros. Marzo: 3.500 euros.
Su promedio mensual sería de aproximadamente 3.166,67 euros.
Este nivel de ingresos resulta superior a la referencia prudente de 2.849 euros mensuales utilizada para 2026.
Sin embargo, también será necesario comprobar que el interesado dispone de relaciones profesionales válidas y que puede continuar desarrollando su actividad desde España.
En cambio, si durante los últimos meses únicamente ha obtenido ingresos ocasionales, sin contratos que permitan justificar una actividad continuada, su expediente puede resultar más difícil de acreditar.
Por eso recomendamos estudiar las circunstancias concretas antes de presentar una solicitud, especialmente cuando la facturación es irregular.
¿Puedo obtener la Visa Nómada Digital si tengo varios clientes?
Sí. La legislación española permite acreditar relaciones profesionales con una o varias empresas extranjeras.
No es obligatorio que un autónomo dependa económicamente de un único cliente.
De hecho, es habitual que determinados perfiles profesionales desarrollen simultáneamente proyectos para diferentes empresas.
Por ejemplo, un especialista en marketing digital puede trabajar para tres empresas estadounidenses y una compañía británica.
Siempre que se cumplan los requisitos legales, pueden aportarse diferentes contratos mercantiles y la documentación económica correspondiente.
No obstante, es fundamental que las relaciones profesionales que sirven de base a la solicitud sean reales y puedan acreditarse documentalmente.
También debe comprobarse que las empresas extranjeras cumplen las condiciones exigidas sobre actividad real y continuada.
La Ley 14/2013 requiere acreditar que la empresa o grupo de empresas con el que se mantiene la relación profesional desarrolla una actividad real y continuada desde hace, al menos, un año.
Por tanto, no basta con que un cliente extranjero haya contratado recientemente los servicios del solicitante si no puede demostrarse también que existe una empresa con la antigüedad y actividad requeridas.
¿Trabajas con varios clientes internacionales y quieres saber cómo presentar correctamente tu expediente?
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¿Qué sucede si trabajas mediante tu propia empresa extranjera?
Existe una situación que merece especial atención: la de los profesionales que han constituido una sociedad en su país y trabajan mediante ella.
Por ejemplo, una persona puede ser propietaria de una LLC estadounidense, una sociedad limitada británica o una empresa constituida en otro país.
En estos casos, es imprescindible distinguir entre la actividad de la empresa y la situación económica personal del solicitante.
Que una sociedad facture 10.000 euros mensuales no significa necesariamente que su propietario perciba personalmente esos 10.000 euros.
Los ingresos empresariales pueden destinarse al pago de proveedores, personal, impuestos y otros gastos.
Además, la UGE establece determinadas exigencias documentales específicas para los autónomos societarios que son propietarios únicos de su empresa o ejercen su control efectivo.
Entre la documentación que puede resultar necesaria se encuentran los documentos que acrediten la titularidad o el control de la sociedad, su última declaración del impuesto sobre sociedades, la existencia de inversiones en medios productivos y determinada información relativa a su actividad y trabajadores.
En estos supuestos, la documentación administrativa también contempla la aportación de declaraciones fiscales personales para acreditar los recursos económicos cuando no se dispone de los documentos ordinarios.
Es importante recordar que tener una empresa extranjera no exime de demostrar que la actividad profesional se ajusta a los requisitos del teletrabajo internacional.
La existencia de una sociedad, por sí sola, tampoco garantiza que las funciones del solicitante puedan desarrollarse exclusivamente a distancia.
Por este motivo, los expedientes de autónomos societarios requieren un análisis especialmente cuidadoso.
¿Puedo utilizar mis ahorros si no alcanzo los ingresos mínimos?
Esta cuestión resulta especialmente interesante para los profesionales independientes cuyos ingresos fluctúan.
La documentación publicada por la UGE contempla expresamente la posibilidad de acreditar ahorros u otros recursos líquidos cuando las rentas procedentes de la relación laboral o profesional sean inferiores a las cantidades mínimas exigidas.
En ese supuesto, deben aportarse certificados bancarios actualizados de entidades españolas o extranjeras que acrediten fondos suficientes para cubrir la diferencia durante toda la vigencia de la autorización solicitada.
Por ejemplo, imaginemos que un profesional acredita ingresos recurrentes de 2.500 euros mensuales.
Si utilizamos como referencia económica 2.849 euros mensuales, existiría una diferencia de 349 euros.
Para una autorización solicitada por tres años, esa diferencia representaría 12.564 euros.
Este cálculo permite comprender cómo podrían utilizarse ahorros para complementar unos ingresos profesionales inferiores a la referencia utilizada.
No obstante, es únicamente un ejemplo orientativo. La cuantía exigible y el período que debe quedar cubierto deberán determinarse según las circunstancias de cada solicitud.
Además, los ahorros no sustituyen automáticamente los demás requisitos legales.
El interesado debe seguir acreditando una actividad profesional real, una relación válida con empresas extranjeras y el cumplimiento de las condiciones del teletrabajo internacional.
Tampoco debe confundirse disponer de fondos suficientes con demostrar el origen lícito, la titularidad y la disponibilidad de esos recursos.
Por ello, cuando los ingresos no alcanzan el mínimo, recomendamos valorar la documentación bancaria y profesional conjuntamente.
Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Cuánto dinero necesito si quiero trasladarme con mi familia?
La Visa Nómada Digital también permite solicitar autorizaciones para determinados familiares del teletrabajador internacional.
Sin embargo, cuando el solicitante desea trasladarse acompañado, los requisitos económicos aumentan.
Las instrucciones aplicables establecen que, además del 200 % del SMI correspondiente al titular, debe acreditarse un 75 % adicional del SMI para el primer familiar y un 25 % por cada familiar adicional.
Utilizando el SMI anualizado de 2026 como referencia prudente, las cantidades serían las siguientes:
| Unidad familiar | Ingresos mensuales orientativos |
|---|---|
| Solicitante principal | 2.849,00 € |
| Solicitante y un familiar | 3.917,38 € |
| Solicitante y dos familiares | 4.273,50 € |
| Solicitante y tres familiares | 4.629,63 € |
Estas cifras se obtienen aplicando los porcentajes establecidos a un SMI mensual equivalente de 1.424,50 euros, con redondeo a céntimos.
Por ejemplo, un autónomo extranjero que desea trasladarse a Barcelona con su pareja y un hijo debería planificar la acreditación de aproximadamente 4.273,50 euros mensuales.
La cantidad concreta dependerá de la interpretación administrativa aplicable y deberá verificarse al preparar el expediente.
También será necesario acreditar debidamente los vínculos familiares mediante los correspondientes certificados de matrimonio, nacimiento u otros documentos admitidos.
Cuando los documentos sean extranjeros, puede ser necesaria su apostilla o legalización y su traducción jurada al español.
¿Necesito darme de alta como autónomo en España?
Sí. Este es otro aspecto esencial para los profesionales que desean trasladarse a España mediante una autorización de teletrabajo internacional por cuenta propia.
La Unidad de Grandes Empresas señala expresamente que los teletrabajadores internacionales que desarrollan una actividad profesional autónoma deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
En sus preguntas frecuentes oficiales, la UGE indica que, para esta modalidad de actividad profesional, no cabe sustituir la afiliación al RETA por la importación de derechos de Seguridad Social basada en un acuerdo bilateral.
Por tanto, no debe asumirse que continuar cotizando en el país de origen permite evitar automáticamente las obligaciones españolas.
Además del alta en Seguridad Social, será necesario analizar las obligaciones fiscales y censales vinculadas al desarrollo de la actividad desde España.
Es importante distinguir entre conseguir la autorización de residencia y cumplir las obligaciones administrativas posteriores.
Obtener una resolución favorable no significa que el profesional pueda ignorar sus obligaciones de alta o cotización.
La propia UGE advierte de que el incumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social puede dar lugar a la extinción de la autorización, con las consecuencias correspondientes para el titular y sus familiares.
Si quieres conocer los pasos para darte de alta después de obtener tu autorización, puedes consultar nuestra guía sobre cómo darse de alta en el RETA siendo nómada digital en España en 2026.
¿Puedo trabajar también para clientes españoles?
Sí, pero existe una limitación importante.
La Ley 14/2013 distingue entre los teletrabajadores internacionales que mantienen una relación laboral y aquellos que desarrollan una actividad profesional independiente.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la normativa permite realizar actividades profesionales para empresas situadas en España siempre que ese trabajo no supere el 20 % de la actividad profesional total.
Por tanto, un freelancer que trabaja principalmente para empresas estadounidenses o británicas puede desarrollar determinadas actividades para clientes españoles, siempre que respete ese límite y mantenga los restantes requisitos de su autorización.
En cambio, esta posibilidad no se extiende de la misma forma a quienes obtienen la autorización mediante una relación laboral por cuenta ajena.
La autorización de teletrabajo internacional no debe confundirse con una autorización general para desarrollar cualquier actividad económica en España.
Si tienes clientes tanto dentro como fuera del territorio español, conviene analizar previamente la distribución de tu actividad.
Otros requisitos para conseguir la Visa Nómada Digital como autónomo
Aunque los ingresos son fundamentales, no constituyen el único requisito para acceder a esta autorización.
El solicitante también debe acreditar que reúne las condiciones personales y profesionales previstas en la Ley 14/2013.
Entre los requisitos más importantes destacan:
-
Ser nacional de un país al que resulte aplicable esta autorización.
-
Acreditar una titulación o formación admitida por la normativa, o una experiencia profesional mínima de tres años.
-
Mantener una relación profesional con una o varias empresas extranjeras durante al menos tres meses.
-
Demostrar que las empresas extranjeras cumplen el requisito de actividad real y continuada durante al menos un año.
-
Acreditar que el trabajo puede desarrollarse exclusivamente mediante medios informáticos y telemáticos.
-
Cumplir los requisitos relativos a antecedentes penales, cobertura sanitaria y Seguridad Social.
Los documentos extranjeros pueden requerir apostilla o legalización, según el país de expedición, además de traducción cuando corresponda.
También debe prestarse especial atención a la naturaleza de las funciones profesionales.
No todas las actividades de un autónomo pueden considerarse teletrabajo internacional.
Por ejemplo, una persona que necesita desplazarse regularmente a instalaciones industriales, gestionar presencialmente equipos o realizar visitas comerciales esenciales para desarrollar su actividad puede encontrar dificultades para demostrar que su trabajo cumple el requisito de prestación exclusivamente remota.
La clave no es simplemente trabajar para una empresa extranjera, sino acreditar que las funciones profesionales pueden desarrollarse realmente a distancia.
Si deseas comprobar si tu actividad encaja en esta autorización, puedes solicitar una revisión individual de tu situación.
Solicita tu consulta con un abogado experto.
¿Cómo solicitar la Visa Nómada Digital desde España o desde el extranjero?
Existen dos vías principales de solicitud, dependiendo de dónde se encuentre el interesado.
Solicitud desde el extranjero
Los profesionales que todavía residen fuera de España pueden solicitar el visado de teletrabajo de carácter internacional ante el consulado español competente.
Este visado tiene una vigencia máxima inicial de un año, salvo que el período de trabajo acreditado sea inferior.
La documentación concreta y los requisitos formales deben comprobarse atendiendo a las instrucciones consulares aplicables.
Solicitud desde España
Los extranjeros que se encuentran legalmente en territorio español pueden solicitar una autorización de residencia por teletrabajo internacional ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
Esta autorización tiene una duración inicial máxima de tres años, salvo que la actividad profesional acreditada tenga una duración inferior.
Una de las ventajas de esta vía es que permite tramitar directamente la residencia desde España, siempre que se cumplan las condiciones legales.
La solicitud puede presentarse electrónicamente a través de los procedimientos habilitados, personalmente o mediante representante debidamente autorizado.
El plazo legal de resolución de las autorizaciones tramitadas conforme a la Ley 14/2013 es de veinte días, sin perjuicio de las suspensiones que puedan producirse por requerimientos u otras circunstancias legalmente previstas.
Para conocer mejor cómo funciona este plazo, puedes leer nuestro artículo sobre el silencio administrativo positivo en la Visa Nómada Digital en España.
Errores frecuentes al demostrar ingresos como autónomo
Uno de los problemas más habituales es presentar únicamente facturas sin justificar que los clientes han abonado realmente los servicios.
Otro error consiste en aportar extractos bancarios con numerosos movimientos, pero sin identificar cuáles corresponden a la actividad profesional que fundamenta la solicitud.
También existen dificultades cuando los contratos no reflejan claramente la posibilidad de desarrollar el trabajo desde España o cuando las cantidades facturadas no coinciden con las transferencias recibidas.
En el caso de los autónomos societarios, otro error importante es confundir la facturación de la empresa con los ingresos personales del propietario.
Igualmente, algunos solicitantes creen que disponer de ahorros elevados permite prescindir de la actividad profesional. Sin embargo, esta autorización está vinculada precisamente al desarrollo de un trabajo internacional a distancia.
Desde Visal Immigration Lawyers recomendamos revisar especialmente tres cuestiones antes de presentar la solicitud: la continuidad de la actividad, la suficiencia de los recursos y la coherencia entre contratos, facturas y movimientos bancarios.
Un expediente documentalmente organizado facilita que la Administración compruebe los requisitos y puede reducir la necesidad de aclaraciones posteriores.
Preguntas frecuentes sobre los ingresos de la Visa Nómada Digital
1. ¿Cuánto tengo que ganar al mes para solicitar la Visa Nómada Digital en 2026?
El requisito económico equivale al 200 % del Salario Mínimo Interprofesional. En 2026, utilizando el SMI anual distribuido entre doce meses, recomendamos acreditar 2.849 euros brutos mensuales para el solicitante principal. Es una referencia prudente; la cuantía concreta debe comprobarse conforme al criterio administrativo aplicable.
2. ¿Puedo solicitar la Visa Nómada Digital si soy freelancer y tengo varios clientes?
Sí. La legislación permite acreditar relaciones profesionales con una o varias empresas extranjeras. Debes demostrar que las relaciones mercantiles cumplen los requisitos de antigüedad, que la actividad puede desarrollarse a distancia y que dispones de recursos económicos suficientes mediante contratos, facturas y documentación bancaria.
3. ¿Puedo obtener la Visa Nómada Digital si un mes gano menos del mínimo?
Tener ingresos variables no supone necesariamente una exclusión automática. La Administración examina la documentación aportada y la suficiencia económica acreditada. Además, los criterios oficiales contemplan utilizar ahorros u otros recursos líquidos para cubrir diferencias. Cada solicitud debe analizarse individualmente y justificar la continuidad de la actividad.
4. ¿Puedo utilizar los ingresos de mi empresa extranjera para solicitar la residencia?
Es posible solicitar esta autorización mediante una estructura empresarial extranjera, pero la facturación de la sociedad no equivale automáticamente a los ingresos personales del solicitante. La UGE puede exigir documentación adicional sobre la propiedad, actividad económica, situación fiscal y recursos disponibles para el profesional.
5. ¿Tengo que pagar impuestos y cotizar en España si consigo la Visa Nómada Digital?
La autorización de residencia no elimina las obligaciones fiscales o de Seguridad Social. Los profesionales que ejercen por cuenta propia deben atender, conforme a los criterios oficiales aplicables, sus obligaciones de alta en el RETA. La tributación dependerá de sus circunstancias, residencia fiscal y normativa correspondiente.
Conclusión: prepara correctamente tus ingresos antes de solicitar la residencia
La Visa Nómada Digital representa una oportunidad para los profesionales independientes que desean establecerse en España mientras continúan trabajando para empresas extranjeras.
Sin embargo, el requisito económico debe analizarse con especial cuidado.
En 2026, 2.849 euros brutos mensuales constituye una referencia prudente para el solicitante principal, calculada a partir del 200 % del SMI anualizado.
No obstante, acreditar esa cantidad no es suficiente por sí solo. También es necesario demostrar una actividad profesional real, la existencia de relaciones mercantiles válidas y el cumplimiento de las restantes condiciones legales.
La correcta preparación de contratos, facturas, certificados bancarios y documentos profesionales puede resultar decisiva para obtener una resolución favorable.
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En Visal Immigration Lawyers somos abogados especializados en derecho de extranjería e inmigración en España.
Asesoramos a profesionales independientes, trabajadores autónomos y empresarios extranjeros que desean trasladarse a España mediante la autorización de residencia para teletrabajadores internacionales.
Podemos ayudarte a analizar tus ingresos, comprobar la documentación de tu actividad profesional, preparar tu solicitud y representarte ante la Unidad de Grandes Empresas.
Si tienes dudas sobre cuánto dinero necesitas acreditar, si tus facturas son suficientes o si puedes utilizar ingresos procedentes de tu empresa extranjera, te recomendamos estudiar tu situación antes de iniciar el procedimiento.
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