Cómo conseguir el permiso

Si vas a trabajar en España en un puesto de directivo o de alta cualificación para una empresa destacada, puedes beneficiarte de las ventajas del régimen del permiso de residencia para trabajadores altamente cualificados.

También podrás beneficiarte de este régimen si eres estudiante graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio y cuentas con una oferta de trabajo en España para cualquier tipo de empresa.

 Podrás solicitar un permiso de residencia de hasta 3 años, que podrá ser renovado cada 2 años al finalizar la vigencia del mismo.

 Permite viajar a todos los países de la zona Schengen de manera ilimitada y sin necesidad de tramitar un visado distinto para cada uno de ellos.

 Podrás traer a residir contigo a los miembros de tu familia.

 No es necesario superar la situación nacional de empleo para solicitar este permiso.

 Podrás solicitar este permiso de residencia, aunque te encuentres fuera de España. En este caso será necesario solicitar el visado en la embajada española del país de residencia o nacionalidad del solicitante, una vez tengas el permiso de residencia aprobado.

 

Tienes varias opciones.

Permiso de residencia y trabajo INICIAL como profesional altamente cualificado

Actualmente, con la nueva redacción de la Ley de emprendedores, podrá solicitar este permiso cualquier empresa (con independencia de su tamaño) que necesite incorporar en territorio español un profesional extranjero altamente cualificado que realice tareas propias de la formación académica aportada.

Puedes solicitar este permiso para ti y los miembros de tu familia si reúnes alguna de las siguientes condiciones:

  1. Tienes una oferta laboral en España para trabajar en una empresa y eres titulados de formación profesional de grado superior o especialista con una experiencia profesional de un nivel comparable de al menos 3 años.

  2. Eres graduado o postgraduado de una universidad o escuela de negocio de reconocido prestigio y cuentas con una oferta de trabajo en España. 

La autorización inicial de residencia en España para trabajadores altamente cualificados se concederá por 3 años cómo máximo o por el periodo de duración del contrato laboral si este fuera inferior a 3 años, posteriormente se podrá solicitar la renovación del mismo.  

Teniendo en cuentas las ocupaciones reflejadas en la CNO-11, se valorará que el salario especificado en el contrato de trabajo o la oferta firme de empleo sea al menos el salario medio anual por grupos de ocupación, tomando los datos del Instituto Nacional de Estadística:

1- Para Directores y gerentes se requerirá un salario medio anual de, al menos, 54.142 euros. 

2- Para otro técnicos y profesionales científicos e intelectuales, se requerirá un salario medio anual de, al menos, 40.077 euros. 

A las cuantías señaladas en el sub-criterio anterior se les aplicará un coeficiente reductor de 0,75 en aquellos casos en el que interesado tenga una edad inferior a los 30 años.

Para el cálculo de las cuantías señaladas no se computará la parte variable de las retribuciones.

El salario en especie no podrá representar más del 30% de las percepciones salariales del trabajador en los términos establecidos en el artículo 26 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba.

     

Documentación

 Tu pasaporte y, en su caso, del resto de solicitantes.

 Contrato laboral firmado por ambas partes.

 En caso de ser el solicitante graduado o postgraduado de una Universidad, Título académico.

 Descripción del perfil del puesto de trabajo.

 Acreditación de disponer de la capacitación o cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión de la que va a ser contratado mediante los diplomas académicos y el CV.

 Certificado de antecedentes penales de los países en los que haya residido durante los últimos 5 años, debidamente legalizados y actualizados.

 Acreditación por parte de la empresa contratante de contar con los medios económicos, materiales o personales suficientes para el desarrollo de la actividad y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo

  Certificado con el número NIF de la empresa.

  Documento público de constitución de la sociedad mercantil donde aparezca el nombre del administrador.

  En caso de que la persona que firma la solicitud no sea el administrador de la empresa contratante, deberá presentarse autorización firmada por parte de éste.

  DNI o TIE de la persona que presenta la solicitud.

 En caso de solicitar el permiso para los miembros de tu familia (cónyuge e hijos), certificados de nacimiento y de matrimonio o registro de pareja de hecho debidamente legalizados y actualizados.

Información destacada

  1. Si tu país forma parte del Convenio de la Haya, los documentos extranjeros deberán estar legalizados con la Apostilla de la Haya
  2. Si tu país no forma parte del Convenio de la Haya, el documento deberá ser legalizado por el gobierno del país emisor y por la embajada de española existente en el mismo. Consulta aquí si tu país pertenece al Convenio de la Haya.
  3. Estos países están exentos de legalizar o apostillar los documentos
  4. Todos los documentos emitidos en lengua distinta al español deben estar traducidos por un traductor jurado oficial. En Visal Immigration podemos ocuparnos de gestionar dicho servicio para ti.
  5. La documentación anteriormente relacionada no supone una lista exhaustiva, de modo que, durante la tramitación del permiso es posible que la Administración Española solicite más información o algún otro documento.
  6. Deberás tener presente que Visal te ayudará a tramitar tu permiso de residencia, pero no tu tarjeta física (T.I.E.). De esta forma, cuando te sea concedido el permiso deberás acudir a la comisaría de Policía Nacional de tu ciudad para solicitar tu tarjeta y pagar las tasas correspondientes a su expedición. Ten en cuenta además que dichas tasas se corresponden exclusivamente con la expedición de la tarjeta física, por lo que no están incluidas en las de la tramitación del permiso. 

1.041€ Trabajador Altamente Cualificado.
500€ para cada miembro de la familia adicional.

  • Si en este momento te falta algún documento no te preocupes.
  • Puedes contratar ya el servicio y realizar más tarde el envío de la documentación.
  • Nuestros Abogados te ayudarán en cada paso.

01. Introduce tus datos

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Si aun no tienes cuenta completa el siguiente formulario.

Permiso: Permiso de residencia y trabajo INICIAL como profesional altamente cualificado

Precio:

He leído y acepto la Política de Privacidad

Responsable del Tratamiento: VISAL IMMIGRATION S.L. Datos de Contacto DPO: DPO@visalimmigration.com ó bien Tfno. 649985258 Finalidad: Realizar una correcta gestión del servicio propuesto/solicitado, así como informarte de mejoras, productos y servicios. Base Jurídica del tratamiento: consentimiento expreso e informado del interesado. Posibles encargados de tratamiento: proveedores nacionales y otro colaboradores profesionales (sin transmisión internacional de datos personales).Ejercicio de derechos: ARCO-POL, tanto por email directo al interesado, como al DPO. Información adicional a través del link superior.

Cambio de empresa para profesionales altamente cualificados

Si ya te encuentras trabajando en España en calidad de trabajador altamente cualificado debes saber que tu actual permiso solo permite trabajar en la empresa para la que fuiste autorizado a trabajar en España.

Sin embargo, puedes solicitar un nuevo permiso para ti y los miembros de tu familia para trabajar en una empresa distinta, si reúnes alguna de las siguientes condiciones:

  1. Tienes una oferta laboral en España para trabajar en una empresa y eres titulados de formación profesional de grado superior o especialista con una experiencia profesional de un nivel comparable de al menos 3 años.
  2. Eres graduado o postgraduado de una universidad o escuela de negocio de reconocido prestigio y cuentas con una oferta de trabajo en España.

La autorización inicial de residencia en España para trabajadores altamente cualificados se concederá por 3 años cómo máximo o por el periodo de duración del contrato laboral si este fuera inferior a 3 años, posteriormente se podrá solicitar la renovación del mismo.

Teniendo en cuentas las ocupaciones reflejadas en la CNO-11, se valorará que el salario especificado en el contrato de trabajo o la oferta firme de empleo sea al menos el salario medio anual por grupos de ocupación, tomando los datos del Instituto Nacional de Estadística:

1- Para Directores y gerentes se requerirá un salario medio anual de, al menos, 54.142 euros.

2- Para otro técnicos y profesionales científicos e intelectuales, se requerirá un salario medio anual de, al menos, 40.077 euros.

A las cuantías señaladas en el sub-criterio anterior se les aplicará un coeficiente reductor de 0,75 en aquellos casos en el que interesado tenga una edad inferior a los 30 años. Para el cálculo de las cuantías señaladas no se computará la parte variable de las retribuciones.

El salario en especie no podrá representar más del 30% de las percepciones salariales del trabajador en los términos establecidos en el artículo 26 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba.

Documentación

 Tu pasaporte y, en su caso, del resto de solicitantes.

 Tarjeta de residencia y trabajo actual. (T.I.E)

 Contrato laboral firmado por ambas partes.

 Acreditación por parte de la empresa de contar con más de 250 trabajadores

 En caso de ser el solicitante graduado o postgraduado de una Universidad, Título académico.

 Descripción del perfil del puesto de trabajo.

 Acreditación de disponer de la capacitación o cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión de la que va a ser contratado mediante los diplomas académicos y el CV

 Certificado de antecedentes penales de los países en los que haya residido durante los últimos 5 años, debidamente legalizados y actualizados.

 Acreditación por parte de la empresa contratante de contar con los medios económicos, materiales o personales suficientes para el desarrollo de la actividad y para atender las obligaciones asumidas en el contrato de trabajo.

  Certificado con el número NIF de la empresa.

  Documento público de constitución de la sociedad mercantil donde aparezca el nombre del administrador.

  En caso de que la persona que firma la solicitud no sea el administrador de la empresa contratante, deberá presentarse autorización firmada por parte de éste.

  DNI o TIE de la persona que presenta la solicitud.

  En caso de solicitar el permiso para los miembros de tu familia (cónyuge e hijos), certificados de nacimiento y de matrimonio o registro de pareja de hecho debidamente legalizados y actualizados.

Información destacada

  1. Si tu país forma parte del Convenio de la Haya, los documentos extranjeros deberán estar legalizados con la Apostilla de la Haya
  2. Si tu país no forma parte del Convenio de la Haya, el documento deberá ser legalizado por el gobierno del país emisor y por la embajada de española existente en el mismo. Consulta aquí si tu país pertenece al Convenio de la Haya.
  3. Estos países están exentos de legalizar o apostillar los documentos
  4. Todos los documentos emitidos en lengua distinta al español deben estar traducidos por un traductor jurado oficial. En Visal Immigration podemos ocuparnos de gestionar dicho servicio para ti.
  5. La documentación anteriormente relacionada no supone una lista exhaustiva, de modo que, durante la tramitación del permiso es posible que la Administración Española solicite más información o algún otro documento.
  6. Deberás tener presente que Visal te ayudará a tramitar tu permiso de residencia, pero no tu tarjeta física (T.I.E.). De esta forma, cuando te sea concedido el permiso deberás acudir a la comisaría de Policía Nacional de tu ciudad para solicitar tu tarjeta y pagar las tasas correspondientes a su expedición. Ten en cuenta además que dichas tasas se corresponden exclusivamente con la expedición de la tarjeta física, por lo que no están incluidas en las de la tramitación del permiso. 

1.041€ Trabajador Altamente Cualificado.
300€ para cada miembro de la familia adicional.

  • Si en este momento te falta algún documento no te preocupes.
  • Puedes contratar ya el servicio y realizar más tarde el envío de la documentación.
  • Nuestros Abogados te ayudarán en cada paso.

01. Introduce tus datos

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Responsable del Tratamiento: VISAL IMMIGRATION S.L. Datos de Contacto DPO: DPO@visalimmigration.com ó bien Tfno. 649985258 Finalidad: Realizar una correcta gestión del servicio propuesto/solicitado, así como informarte de mejoras, productos y servicios. Base Jurídica del tratamiento: consentimiento expreso e informado del interesado. Posibles encargados de tratamiento: proveedores nacionales y otro colaboradores profesionales (sin transmisión internacional de datos personales).Ejercicio de derechos: ARCO-POL, tanto por email directo al interesado, como al DPO. Información adicional a través del link superior.

Renovación del permiso de residencia y trabajo como profesional altamente cualificado

Si ya te encuentras trabajando en España como profesional altamente cualificado y tu actual permiso está próximo a caducar o si ya ha caducado, debes solicitar la renovación de tu permiso de residencia y trabajo para poder seguir en España durante 2 años más.

Puedes solicitar un nuevo permiso para ti y los miembros de tu familia si mantienes alguna de las siguientes condiciones que dieron lugar a la autorización de tu permiso inicial:

  1. Tienes una oferta laboral en España para trabajar en una empresa y eres titulados de formación profesional de grado superior o especialista con una experiencia profesional de un nivel comparable de al menos 3 años.
  2. Eres graduado o postgraduado de una universidad o escuela de negocio de reconocido prestigio y cuentas con una oferta de trabajo en España.

Teniendo en cuentas las ocupaciones reflejadas en la CNO-11, se valorará que el salario especificado en el contrato de trabajo o la oferta firme de empleo sea al menos el salario medio anual por grupos de ocupación, tomando los datos del Instituto Nacional de Estadística:

1- Para Directores y gerentes se requerirá un salario medio anual de, al menos, 54.142 euros.

2- Para otro técnicos y profesionales científicos e intelectuales, se requerirá un salario medio anual de, al menos, 40.077 euros.

A las cuantías señaladas en el sub-criterio anterior se les aplicará un coeficiente reductor de 0,75 en aquellos casos en el que interesado tenga una edad inferior a los 30 años. Para el cálculo de las cuantías señaladas no se computará la parte variable de las retribuciones.

El salario en especie no podrá representar más del 30% de las percepciones salariales del trabajador en los términos establecidos en el artículo 26 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba.

Documentación

 Tu pasaporte y, en su caso, del resto de solicitantes.

 Tarjeta de residencia y trabajo actual. (T.I.E)

 Contrato laboral firmado por ambas partes.

 Descripción del perfil del puesto de trabajo.

  En caso de solicitar el permiso para los miembros de tu familia (cónyuge e hijos) deberá aportarse los certificados de nacimiento y de matrimonio o registro de pareja de hecho debidamente legalizados, actualizados y, en su caso, traducidos al español.

Información destacada

  1. Si tu país forma parte del Convenio de la Haya, los documentos extranjeros deberán estar legalizados con la Apostilla de la Haya
  2. Si tu país no forma parte del Convenio de la Haya, el documento deberá ser legalizado por el gobierno del país emisor y por la embajada de española existente en el mismo. Consulta aquí si tu país pertenece al Convenio de la Haya.
  3. Estos países están exentos de legalizar o apostillar los documentos
  4. Todos los documentos emitidos en lengua distinta al español deben estar traducidos por un traductor jurado oficial. En Visal Immigration podemos ocuparnos de gestionar dicho servicio para ti.
  5. La documentación anteriormente relacionada no supone una lista exhaustiva, de modo que, durante la tramitación del permiso es posible que la Administración Española solicite más información o algún otro documento.
  6. Deberás tener presente que Visal te ayudará a tramitar tu permiso de residencia, pero no tu tarjeta física (T.I.E.). De esta forma, cuando te sea concedido el permiso deberás acudir a la comisaría de Policía Nacional de tu ciudad para solicitar tu tarjeta y pagar las tasas correspondientes a su expedición. Ten en cuenta además que dichas tasas se corresponden exclusivamente con la expedición de la tarjeta física, por lo que no están incluidas en las de la tramitación del permiso. 

484€ Trabajador Altamente Cualificado.
250€ para cada miembro de la familia adicional.

  • Si en este momento te falta algún documento no te preocupes.
  • Puedes contratar ya el servicio y realizar más tarde el envío de la documentación.
  • Nuestros Abogados te ayudarán en cada paso.

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